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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



Pliego de Observaciones.                                                                                                                                  INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



2022-OA/CPM/006/2023-PO-04



Se le requiere al Municipio de San Francisco Sola, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, presente

ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que

compruebe, aclare, justifique o reintegre la cantidad de $20,098.16 (Veinte mil noventa y ocho

pesos 16/100 M.N.), lo relativo a:



La sub-subcuenta 51211-2111 MATERIAL PARA OFICINA, se observó que los registros contables

y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa

a la evidencia del uso y destino del material; así mismo no acreditó el pago realizado mediante

transferencia bancaria debido a que no presentó el estado de cuenta bancario; como se detalla en el

siguiente movimiento:



        PÓLIZA DE DIARIO                    PÓLIZA DE EGRESO                                                           BANCO



NÚMERO   FECHA     IMPORTE NÚMERO           FECHA       IMPORTE           FUENTE DE    FECHA           INSTITUCIÓN        No. DE CHEQUE O     IMPORTE

                                                                      FINANCIAMIENTO               BANCARIA Y NÚM.        TRANSFERENCIA



                                                                                                        DE CUENTA              BANCARIA



002575 03/12/2022         20,098.16 000781  03/12/2022  20,098.16     PARTICIPACIONES  03/12/2022  BANCO MERCANTIL         TRANSFERENCIA A    20,098.16

                                                                          (RAMO 28) -                DEL NORTE, S.A.,   CUENTA DE TERCEROS

                                                                          RECURSOS                  CUENTA NÚMERO:     CLAVE DE RASTREO: 440

                                                                          FEDERALES                      1174930700



TOTAL              $20,098.16                           $20,098.16                                                                            $20,098.16



                                                                   COMPROBANTE



FECHA              NÚM.                   PROVEEDOR           IMPORTE                              CONCEPTO



05/12/2022  337275C3-1E70-       PROVEEDORA DE BIENES            20,098.16  6 CAJA DE PAPEL DUPLICADOR/10 PAQUETES PAGEWIDE ORIGINAL/500

               4A1F-A47D-         Y SERVICIOS GLADIOLA                      HOJAS, 24 PIEZA REGISTRADOR T/C LEFORD, 2 PIEZA CARTUCHO DE TINTA

                                                                            HP97AX NEGRA, 6 PIEZA NOTAS ADHESIVAS 3M POST IT 2027 COLORES

            40F340F1C4D3                    S.A DE C.V.                     SURTIDOS, 6 PIEZA SET DE PEGAMENTO DIXON LIQUIDO Y LAPIZ ADHESIVO

                                                                            Y 4 CINTA ADHESIVA 3ML.

                                  

                                                              $20,098.16  



Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos

42 párrafo primero, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I; Ley de Fiscalización Superior y

Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, artículo 9 párrafo segundo; que a la letra dice:



Ley General de Contabilidad Gubernamental



Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación

original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”

Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,

comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto

establezca el consejo.”

Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y

comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en

términos de las disposiciones que emita el consejo”

Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y

controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los

órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”



Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca



Artículo 9 párrafo segundo: “Los servidores públicos de las entidades fiscalizables, así como cualquier persona física o moral, pública

o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos estatales o municipales,

que sean considerados como entidad fiscalizable en términos de la Constitución Local, de esta Ley y de cualquier otra disposición aplicable

que les otorgue ese carácter, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior para efectos de sus

auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras

autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”.



RESULTADO: AF-12                            CON OBSERVACIÓN



De la revisión a la sub-subcuenta 51221-2211 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SERVICIO DE

COMEDOR Y VIVERES, se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos

en cantidad de $12,889.40 (Doce mil ochocientos ochenta y nueve pesos 40/100 M.N.),

realizando pagos en efectivo, con recursos del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas



y Municipios, Ramo 33, Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios



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