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INFORME FINAL DE AUDITORÍA NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA a) La ejecución de la Ley de Ingresos, para verificar la forma y términos en que los ingresos
fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que los recursos
Mediante oficio número ASFE/OT/0440/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de la provenientes de financiamientos, empréstitos y otras obligaciones se contrataron, recibieron
Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó para realizar la Auditoría y aplicaron de conformidad con lo aprobado;
Financiera número OA/CPM/002/2024, a los siguientes servidores públicos:
b) El ejercicio del Presupuesto de Egresos para revisar que los egresos se ejercieron en los
C. José Miguel Márquez Sánchez: Director de Auditoría Municipal “A”. conceptos y partidas autorizadas; incluidos, entre otros aspectos, la ejecución de los
C. Lucero Nancy Miranda Gutiérrez: Jefa de departamento. Programas, la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
C. Prisma Aremi Vega Gutiérrez: Auditor. subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y
C. José Daniel Reyes González: Auditor. demás instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a
C. Julio César García Galindo: Auditor. largo plazo;
CRITERIOS DE SELECCIÓN c) El cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del
gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la
En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso,
a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de
Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del recursos materiales, almacenes y demás activos; y,
Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al Ente Fiscalizable en
mención, el siguiente tipo de auditoría: d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y
aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos; y que los
Auditoría Financiera*: Son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios
garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades Fiscalizables, celebren o realicen,
resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco relacionados con el ejercicio del gasto público no han causado daños o perjuicios, o ambos,
de información financiera. en contra de la Hacienda Pública Estatal y/o Municipal o, en su caso, del patrimonio de las
Entidades Fiscalizables.
*Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de
Fiscalización. ALCANCE $101,542,518.51 (Ciento un millones quinientos cuarenta y dos mil
quinientos dieciocho pesos 51/100 M.N.).
OBJETIVO UNIVERSO:
OTRAS INSTANCIAS $18,314,559.40 (Dieciocho millones trescientos catorce mil quinientos
La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Asunción FISCALIZADORAS cincuenta y nueve pesos 40/100 M.N.).
Nochixtlán, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido ASFE
del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo 19 $83,227,959.11 (Ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil
fracción I incisos a), b), c) y d) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del MUESTRA ASFE: novecientos cincuenta y nueve pesos 11/100 M.N.)
Estado de Oaxaca, que a la letra dicen: ALCANCE (%):
$49,968,415.60 (Cuarenta y nueve millones novecientos sesenta y ocho
mil cuatrocientos quince pesos 60/100 M.N.).
60.04%
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