Page 14 - Guadalupe Etla
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excede el monto máximo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el                                                      Solicitud de Aclaración:
                                ejercicio fiscal 2023, como se muestra a en seguida:
                                                                                                                                                                                  2023-OA/CPM/008/2024-SA-08
INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                               NÚMERO  NOMBRE DE LA OBRA                 MONTO SIN      MONTO        MONTO DEL
                                             NOMBRE DEL                              CONCURSADA                          IVA  MÁXIMO SIN         IMPÓRTE                          Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                No. DE                                                                                                          EXCEDIDO                          documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
                                           CONTRATISTA                                                                               IVA,                                         resultado.”
                                                                                                                              ESTABLECIDO            129,475.98
                                                                       CONTRATO                                                                                               (…)

                                                                                 CONSTRUCCIÓN                  DE                                                    La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                                                                     transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                MAILO       MGE/033/ GUARNICIONES Y BANQUETAS
                                                                                                                                                                     Respecto a la obra “Construcción de guarniciones y banquetas en carretera a Vista
                                1 CONSTRUCCIONES FAISMUN EN CARRETERA A VISTA 345,475.98                                      216,000.00                             Hermosa, en la localidad de la Capellania” ejecutada bajo la modalidad de adjudicación
                                                                                                                                                                     directa, en la cual se excede el monto máximo establecido en el Presupuesto de Egresos del
                                S.A DE C.V  /015/2023 HERMOSA, EN LA LOCALIDAD DE                                                                                    Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2023, a través del oficio número
                                                                                                                                                                     MGE/033/0232/2024, de fecha 22 de julio de 2024, manifestó que la citada obra fue
                                                                                 LA CAPELLANIA                                                                       adjudicada debido a que los representantes del comité de la mencionada localidad ya
                                                                                                                                                                     tenían su contratista (Mailo Construcciones S.A de C.V) negando el derecho de contratar
                                Así mismo, se constató que la suma de los montos contratados de las obras ejecutadas por excepción                                   como lo dispone el artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                a la licitación pública, excedió del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como                                 Estado de Oaxaca; sin embargo, la observación realizada no fue en cuanto a la modalidad
                                se describe a continuación:                                                                                                          de ejecución de dicha obra, si no, que se excedió el monto máximo establecido en la
                                                                                                                                                                     normatividad aplicable, por lo que, la Entidad Fiscalizable NO presentó ninguna justificación
                                                                MODALIDAD                                        NÚMERO DE       IMPORTE       PORCENTAJE            ni aclaración sobre lo observado, en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho
                                                                                                                     OBRAS   CONTRATADO                              concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de
                                LICITACIÓN PÚBLICA                                                                                                                   Oaxaca, por lo que se tiene por consentida la observación realizada.
                                LICITACIÓN PÚBLICA                                                             CONTRATADAS    0.00             0.00%
                                                                                                                              0.00             0.00%                 En el mismo orden de ideas, en cuanto a que se constató que la suma de los montos
                                                                                                   SUB TOTAL            ---                                          contratados de las obras ejecutadas por excepción a la licitación pública, excedió del 30%
                                EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA                                                       ---      1,777,968.35    76.02%              del presupuesto autorizado en materia de obra pública, la Entidad Fiscalizable NO presentó
                                INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES                                                                                           ninguna justificación ni aclaración de esta observación, en consecuencia, no ejerció a su
                                CONTRATISTAS                                                                            04        560,852.60     23.98%              favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición de
                                ADJUDICACIÓN DIRECTA                                                                    02     2,338,820.95    100.00%               Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por consentida la observación realizada.
                                                                                                                        06   $2,338,820.95     100.00%               Finalmente, NO aportó información o documentación respecto a la publicación del Padrón
                                                                                                   SUB TOTAL            06                                           oficial de contratistas de obra pública del ejercicio fiscal 2023 en el Periódico Oficial del
                                                                                                      TOTALES                                                        Gobierno del Estado en el ejercicio fiscal 2023., NO ejerciendo a su favor el derecho concedido
                                                                                                                                                                     en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de
                                Aunado a lo anterior, no acreditó que los contratistas se encuentren inscritos en el Padrón oficial de                               Oaxaca, por lo que se tienen por consentidas las observaciones realizadas.
                                contratistas de obra pública del ejercicio fiscal 2023, toda vez que, no presentó evidencia de su
                                publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en el ejercicio fiscal 2023.                                         .

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26 y 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                Relacionados con las Mismas; 26 A, 26 B, 46 tercer párrafo, 47, 50 párrafo primero y 51 de la Ley de
                                Obras Públicas y Servicios relacionados del Estado de Oaxaca y 89 fracción VII del Presupuesto de
                                Egresos del Estado de Oaxaca 2023.

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

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   9   10   11   12   13   14   15   16   17   18   19