Page 9 - Guadalupe Etla
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(…)                                                                                                       A través del oficio número MGE/033/0229/2024 de fecha 22 de julio de 2024 manifestó, que                               INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                          en relación a la baja de bienes fue realizado por el Sistema Municipal de Contabilidad
“RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN                                                                         Armonizada (SIMCA) de manera automática derivado a que los bienes que se detallan
                                                                                                          cumplieron su vida útil, así como su depreciación total efectuada, anexando pólizas de diario
Del análisis realizado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa al Inventario  004498 y 001845 de fecha 31 de diciembre y 30 de junio de 2023, sin embargo, no presentó el
de bienes muebles e inmuebles autorizado al cierre del ejercicio fiscal 2023, se identifica que fueron    programa anual para la disposición final de bienes, previo dictamen de no utilidad,
registrados en su sistema de contabilidad los bienes muebles e inmuebles de 2023, sin embargo, del        debidamente autorizado, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable; por lo
análisis llevado a cabo, se detectó que, en relación con la baja de bienes que forman parte del           anterior, se tiene por no solventado este punto.
patrimonio municipal, el Ente Fiscalizado no presentó el programa anual para la disposición final de
bienes, previo dictamen de no utilidad, debidamente autorizado, donde se identifique el motivo de la      Finalmente, no presentó publicación del inventario y el catálogo de bienes en el Periódico
baja de dichos bienes, conforme a lo establecido en la normativas aplicables, detectándose que            Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal, ni evidencia de haberlo hecho de
durante el ejercicio fiscalizado se dieron de baja los bienes que se detallan a continuación:             conocimiento al Congreso del Estado; en consecuencia, se tiene por aceptada la
                                                                                                          observación realizada.
 CUENTA      NÚM. DE      PÓLIZA     FECHA                         DESCRIPCIÓN     IMPORTE
CONTABLE   INVENTARIO      BAJA   30/06/2023                                           6,099.00           Incumpliendo con lo establecido en los 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización
            5150100019    001845  30/06/2023   IMPRESORA DE MULTIPLES FUNCIONES-      13,599.00           Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 71 párrafo primero fracción IX, 110,
    12413                          31/12/2023  MULTI EPSON                            16,680.80           112 y 113 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se emiten
           5150100020     001845               COMPUTADORA PERSONAL - LAPTOP SIN                          los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental
    12413                                      MARCA SIN MODELO                                           facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los
            5110100080    004447               DESKTOP ALL ONE LENOVO IDEACENATRE                         Entes Públicos.
    12411                                      PENTIUM SILVER RAM 8 GB DD TB
                                                                                                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
Finalmente, la Entidad Fiscalizable no demuestra que haya cumplido con la correspondiente                 no solventado el resultado AC-05.
publicación del inventario y el catálogo de bienes en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en
la Gaceta Municipal, así como de haberlo hecho de conocimiento al Congreso del Estado.                    El siguiente resultado AC-06 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
                                                                                                          Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 23, 24, 27 y 28 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del                   (…)
Estado de Oaxaca y 71 párrafo primero fracción IX, 110, 112 y 113 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a asegurar que el                        “RESULTADO: AC-06 SIN OBSERVACIÓN
Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los
Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos.                                                                     De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por la Entidad Fiscalizable,
                                                                                                                      relativo a la Cuenta Pública, los Estados Financieros e Informes Trimestrales de Avance de Gestión
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                             Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, se determina lo siguiente:

Solicitud de Aclaración:                                                                                              a) Presentó la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023, con acuse de recepción en
                                                                                                                              tiempo y forma, de fecha 14 de febrero de 2024, emitido por la plataforma Tecnológica SiMCA
2023-OA/CPM/008/2024-SA-05                                                                                                    Ultra, constatando que fue presentada ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado, con
                                                                                                                              publicación en la página electrónica del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                               de la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca.
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
resultado.”

(…)

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

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