Page 8 - Magdalena Apasco
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INFORME FINAL DE AUDITOROÍA  ciudadanía, por conducto del Presidente Municipal, de la actuación y desempeño del estado        Santiago, Presidente Municipal de la Entidad Fiscalizable, dirigido a la Titular de la Auditoría
                             financiero, la hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso      Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, a través del cual argumentó lo que la letra
                             y concluidas y, en general, del estado que guardan los asuntos municipales, presentó oficio      dice:
                             de presentación número MMA/PM/122/2024/1367, de fecha 04 de septiembre de 2024,
                             suscrito por el C. Virgilio Pérez Santiago, Presidente Municipal de la Entidad Fiscalizable,     “…CONTROL INTERNO: …
                             dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, a través
                             del cual argumentó lo que la letra dice:                                                         …SUPERVISIÓN

                             “…CONTROL INTERNO: ...                                                                                 • Como se ha manifestado en los párrafos anteriores, el Municipio de San Magdalena
                                                                                                                                         Apasco, es de estructura pequeña, motivo por el cual, no existen áreas externas ni
                             …INFORMACION Y COMUNICACIÓN                                                                                 internas específicas para supervisar y evaluar la eficacia operativa de control
                                   • Manifiesto a usted, que el cumplimiento de los objetivos y metas de control interno,                interno, siendo el propio cabildo en pleno quien periódicamente realiza dichas
                                         se analizan en sesiones de cabildo que se llevan a cabo periódicamente, tomando                 actividades; y,
                                         en consideración de que se trata de un municipio con estructura pequeña, motivo
                                         por el cual, con la misma periodicidad el Presidente Municipal y demás personal del        • La información generada respecto al cumplimiento de los programas del
                                         cabildo son informados de la situación del control interno del municipio; y,                    Ayuntamiento, es evaluada directamente por concejales en sesiones de cabildo.”.

                                   • En cuanto al informe detallado sobre las obras y acciones y en general el estado               •
                                         que guarda la administración pública municipal, le manifiesto que por usos y         Sin embargo, no presentó evidencia de contar con procedimientos y estrategias para
                                         costumbres en el Municipio Magdalena Apasco se rinde dicho informe a través de       reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento, los problemas de control interno
                                         asambleas generales de ciudadanos de manera trimestral o cuatrimestral.”.            detectados; asimismo, no presentó evidencia que acredite los mecanismos utilizados por el
                                                                                                                              área que realiza la función de verificar si la información reportada en relación del
                             Sin embargo, no presentó evidencia de contar con indicadores para medir el cumplimiento          cumplimiento de los programas del Ayuntamiento es de calidad; en consecuencia, no
                             de los objetivos y metas ni de la rendición de informe detallado a la ciudadanía, por            ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y
                             conducto del Presidente Municipal, de la actuación y desempeño del estado financiero, la         Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
                             hacienda pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas
                             y, en general, del estado que guardan los asuntos municipales, en consecuencia, no ejerció       AMBIENTE DE CONTROL
                             a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y
                             Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.                                                       Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero de la Constitución
                                                                                                                              Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema
                             Respecto a la observación de realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener el          Nacional Anticorrupción; 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 120
                             componente de Supervisión, a través de contar con procedimientos y estrategias para              párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 4
                             reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento, los problemas de control interno     párrafo segundo y 5 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la
                             detectados; área que realice la función de verificar que la información reportada en relación    Corrupción; 5 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado
                             del cumplimiento de los programas del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de                 y Municipios de Oaxaca; y 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones LXI y LXXX,
                             información adecuada, actual, completa, exacta, accesible y oportuna, en términos del            69 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                             Marco Integrado del Control Interno (MICI), presentó oficio de presentación número
                             MMA/PM/122/2024/1367, de fecha 04 de septiembre de 2024, suscrito por el C. Virgilio Pérez

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