Page 6 - PUTLA VILLA DE GUERRERO
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26,                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de                            acción:
                            Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante
                            Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de                             Solicitud de aclaración:
                            fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico
                            Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos                              2023-OA/CPM/022/2024-SA-01
                            mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento
                            Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de                             Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe                          documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
                            Final de Auditoría con los siguientes resultados:                                                                       resultado.”

                            El siguiente Resultado: AF-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                           (…)
                            se transcribe a continuación:
                                                                                                                                        La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                               (…)                                                                                                      antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                               “RESULTADO: AF-01 CON OBSERVACIÓN                                                                        Respecto al programa anual para la disposición final de bienes, previo al dictamen de no
                                                                                                                                        utilidad, en el cual se autorice la baja de bienes, presentó acta de sesión extraordinaria de
                               De la revisión a la BALANZA DE COMPROBACIÓN DETALLADA DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2023,        cabildo mediante el cual aprueban la disposición final de bienes; la cual resulta suficiente
                               del H. Ayuntamiento del Municipio de Putla Villa de Guerrero, Distrito de Putla, Oaxaca; respecto al     para solventar la observación emitida.
                               rubro 124 BIENES MUEBLES, se detectó que realizó la baja de bienes muebles específicamente de las
                               sub cuentas: 12432 INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO, 12467 HERRAMIENTAS Y MAQUINAS                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                               HERRAMIENTA y 12441 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE, por un importe de $883,682.16 (Ochocientos             suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                               ochenta y tres mil seiscientos ochenta y dos pesos 16/100 M.N.), sin embargo, no presentó el programa    como solventado el Resultado: AF-01.
                               anual para la disposición final de bienes, previo al dictamen de no utilidad, en el cual se autorice la
                               baja de bienes, como se detalla a continuación:                                                          El siguiente Resultado: AF-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                                                                                                                        se transcribe a continuación:
                                    SUB-     PÓLIZA          FECHA   CONCEPTO                                   IMPORTE
                               SUBCUENTA                                                                                                         (…)
                                                                                                                335,982.16
                               HERRAMIENTAS Y MAQUINAS HERRAMIENTA                                                                                  “RESULTADO: AF-02 CON OBSERVACIÓN
                                                                                                               256,900.00
                               12467-01-15-  D-006849        31-12-2023 MARTILLO HIDRÁULICO - ME018_1          290,800.00                           De la revisión al Presupuesto de Egresos del H. Ayuntamiento del Municipio de Putla Villa de Guerrero,
                                5670100001                                                                    $883,682.16                           Distrito de Putla, Oaxaca, para el Ejercicio Fiscal 2023, se observó, que no se contemplan los montos
                                                                                                                                                    que asignó a las Agencias Municipales y de policías de los recursos que ingresaron a la hacienda
                               VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE                                                                                         municipal, así mismo, no identifican los recursos ejercidos de los mismos en los documentos
                                                                                                                                                    financieros y contables presentados, de acuerdo a la normatividad aplicable.
                               12441-08-11-  D-003044        30-04-  CAMIONETA GRIS PLATA CHASIS
                               5410200001                    2023                                                                                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos; 24 de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado
                                                                                                                                                    de Oaxaca; y 95 fracción VI párrafo segundo 81 y 128 fracción VI de la Ley Orgánica Municipal del
                               12441-03-25-  D-007929        30-09-  CAMIONETA NISSAN MODELO 2018 TIPO NP300                                        Estado de Oaxaca.
                                5410100010                   2023    PICKUP BLANCO
                                                                                                                                                    Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                       TOTAL                                        acción:

                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos; 42 y 43, Ley General de Contabilidad
                               Gubernamental; 71 fracción IX, 104 BIS y 110 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
                               Oaxaca; Numeral D.1.3 Disposición Final y Baja de Bienes de Los Lineamientos dirigidos a Asegurar
                               que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de
                               los Bienes Muebles e inmuebles de los Entes Públicos; y Numeral 9, Diferencias obtenidas de la
                               conciliación física-contable y de la baja de bienes de las Reglas Específicas de Registro y
                               Valoración del Patrimonio, emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

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