Page 12 - San Antonio Nanahuatipam
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Aunado a lo anterior, no acreditó que el padrón oficial de contratistas de obra pública del ejercicio fiscal El siguiente resultado AC-09 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
2023, se encuentre publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en el ejercicio fiscal 2023. se transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26 y 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios (…)
Relacionados con las Mismas; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Oaxaca; 26 A, 26 B, 46 tercer párrafo, 47, 50 párrafo primero y 51 de la Ley de “RESULTADO: AC-09 CON OBSERVACIÓN
Obras Públicas y Servicios relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VI del Presupuesto de De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
Egresos del Estado de Oaxaca 2023. presentó el Programa Anual de Obras del ejercicio 2023, de fecha 01 de diciembre de 2023,
correspondiente al Comisionado Municipal Provisional del periodo 30 de noviembre de 2023 al 28 de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: enero de 2024, identificando que contiene los requisitos mínimos establecidos; sin embargo, no
presentó evidencia de que haya sido publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado,
Solicitud de Aclaración: Gaceta Municipal o alguna revista especializada en temas municipales.
2023-OA/CPM/030/2024-SA-08
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Incumpliendo con lo establecido en los artículos 49 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en y Servicios Públicos Municipales; y 68 párrafo primero fracción V de la Ley Orgánica Municipal del
este resultado.” Estado de Oaxaca.
(…) Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Solicitud de Aclaración:
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: 2023-OA/CPM/030/2024-SA-09
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Presentó Acta circunstanciada de aclaraciones a las observaciones; copia del Decreto documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
número 1600 para la suspensión de poderes, copia del Dictamen de la Comisión este resultado.”
permanente número GPGAA/396/2023, copia de la remisión del Dictamen bajo el oficio
número HCEO/LXV/CPGYAA/0865/2023, oficio de nombramiento de Comisionado (…)
Municipal Provisional e impresión de tres hojas con fotografías donde el palacio se
encuentra cerrado; así mismo, a través del oficio MSAN/109/063/2024 de fecha 05 de La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
agosto 2024, manifestó que esta documentación se encuentra en las oficinas del Palacio antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Municipal al cual no tiene acceso, sin embargo, esta documentación y argumentos
resultan insuficientes, toda vez que esto no lo exime de cumplir en tiempo y forma con lo Presentó Acta circunstanciada de aclaraciones; copia del Decreto número 1600 para la
establecido en la normatividad aplicable respecto a la contratación de obras públicas. suspensión de Poderes, copia del Dictamen de la Comisión permanente número
Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 26 y 47 GPGAA/396/2023, copia de la remisión del dictamen bajo el oficio número
de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12 párrafo primero HCE0/LXV/CPGYAA/0865/2023 y oficio de nombramiento de Comisionado Municipal
de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 26 A, 26 provisional, sin embargo, dicha documentación resulta inoperante e ineficaz, toda vez que,
B, 46 tercer párrafo, 47, 50 párrafo primero y 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios el Programa Anual de Obras del ejercicio 2023 presentado es de fecha 01 de diciembre de
relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VI del Presupuesto de Egresos del 2023, por lo anterior, dicho documento si pudo haberse publicado en el Periódico Oficial del
Estado de Oaxaca 2023. Estado de Oaxaca Estado, en el ejercicio fiscal 2023; en consecuencia se tiene por no
solventada la observación.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 49 de
concluyendo como no solventado el resultado AC-08. la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; y 68
párrafo primero fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
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