Page 7 - San Antonio Nanahuatipam
P. 7
Solicitud de Aclaración: Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera INFORME FINAL DE AUDITORÍA
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
2023-OA/CPM/030/2024-SA-02 concluyendo como no solventado el resultado AC-02.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la El siguiente resultado AC-03 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en se transcribe a continuación:
este resultado.”
(…)
(…)
“RESULTADO: AC-03 CON OBSERVACIÓN
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: no presentó el acta de Entrega-Recepción Municipal para el ejercicio fiscal 2023, que debió realizarse
el 1 de enero de 2023, como lo establece la normatividad aplicable.
Respecto al Bando de policía y Gobierno, Estructura Orgánica y Manual de
Procedimientos, a través del oficio número MSAN/109/057/2024 de fecha 05 de agosto de Por otra parte, presentó el Acta Entrega Recepción de fecha 01 de diciembre de 2023, mediante la
2024, manifestó que a la fecha el palacio Municipal de San Antonio Nanahuatipam, aún se cual el H. Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Nanahuatipam, Distrito de Teotitlán, Oaxaca,
encuentra con problemas de inestabilidad social y política desde el inicio de su gestión, sin hace entrega de la Administración Municipal al C. Jorge Alfonso Vásquez Domínguez, Comisionado
embargo dicho argumento resulta insuficiente, toda vez que, durante el periodo de enero Municipal Provisional del periodo 30 de noviembre de 2023 al 28 de enero de 2024.
a noviembre del 2023, el municipio de San Antonio Nanahuatipam, Distrito de Teotitlán,
Oaxaca, sí contaba con un Ayuntamiento legalmente establecido, al cual le correspondió Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior
haber cumplido con toda la normatividad que le fue aplicable y por ende, haber realizado y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca y 169, 170 párrafos primero y segundo, 174, 175, 176, 177,
la elaboración, autorización, aprobación y publicación de estos documentos. 182 y 183 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 115 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
fracción II párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 23, Solicitud de Aclaración:
71 párrafo primero fracción I inciso g) y fracción II de la Ley General de Transparencia y 2023-OA/CPM/030/2024-SA-03
Acceso a la Información Pública; 113 fracción I párrafo décimo tercero de la Constitución Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del Sistema documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
Estatal de Combate a la Corrupción; 5 de la Ley de Responsabilidades Administrativas este resultado.”
del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV, 10 párrafo primero
fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo, 30 párrafo primero fracciones V (…)
y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del
Estado de Oaxaca; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
Cuentas del Estado de Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I y I antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
BIS, 68 párrafo primero fracción V, 71 párrafo primero fracción VIII, 138 y 139 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se da a conocer los Respecto al acta de Entrega-Recepción Municipal para el ejercicio Fiscal 2023, presentó
Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley el oficio MSAN/109/058/2024 de fecha 05 de agosto de 2024, manifestando que esta
General de Responsabilidades Administrativas. documentación se encuentra en las oficinas del Palacio Municipal al cual no se tiene
acceso a la fecha, sin embargo, no exhibe ninguna prueba que acredite sus dichos, en
consecuencia, no exhibió el acta Entrega-Recepción Municipal para el ejercicio fiscal 2023,
que debió realizarse el 1 de enero de 2023 por parte del municipio que estuvo en funciones
5