Page 4 - San Antonio Tepetlapa
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                     ALCANCE

                            C. José Miguel Márquez Sánchez: Director de Auditoría Municipal “A”.                               UNIVERSO         $25,221,770.94 (Veinticinco millones    doscientos  veintiún  mil
                            C. Héctor Ramírez Maldonado: Jefe de departamento.                                                                  setecientos setenta pesos 94/100 M.N.)  doscientos  veintiún  mil
                            C. Antonio Eliseo Guzmán Lara: Auditor.                                                            Muestra       a
                                                                                                                               auditar:         $25,221,770.94 (Veinticinco millones
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                                              setecientos setenta pesos 94/100 M.N.)
                                                                                                                               Alcance (%):
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización                        100%
                            a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del           PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                           1. Se comprobó que la Entidad Fiscalizable recibió recursos ministrados por las
                                                                                                                                        instancias gubernamentales y que dichos recursos se ejercieran con estricto apego a
                            Auditoría de Desempeño*: Son el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la                          la normatividad aplicable.
                            administración pública y los programas gubernamentales; cubren no solamente
                            operaciones financieras específicas, sino además todo tipo de actividad gubernamental.             2. Comprobar, mediante la requisición del Cuestionario de Control Interno (CCI) y de su
                                                                                                                                        evidencia documental, que la Entidad Fiscalizable haya establecido procesos
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de               administrativos que impulsen la prevención de posibles eventos que obstaculicen el
                            Fiscalización.                                                                                              logro de sus objetivos institucionales, la salvaguarda de los recursos públicos, así
                                                                                                                                        como para prevenir la corrupción.
                            OBJETIVO
                                                                                                                               3. Verificar que los documentos administrativos normativos básicos, se encuentren
                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de San Antonio                      elaborados, autorizados, y debidamente publicados conforme a la normatividad
                            Tepetlapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido                  aplicable.
                            del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo
                            19 fracción II incisos a), b) y c) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del  4. Verificar que la elaboración del presupuesto de egresos se haya realizado conforme
                            Estado de Oaxaca, que a la letra dicen:                                                                     a la normatividad aplicable y que los programas presupuestarios autorizados en
                                                                                                                                        dicho presupuesto de egresos se hayan planificado con enfoque a resultados.
                                  a) Verificar la eficiencia y eficacia del cumplimiento de sus objetivos;
                                                                                                                               5. Verificar que los programas presupuestarios se encuentren alineados y/o
                                  b) Analizar el cumplimiento de las metas de los indicadores aprobados en el                           relacionados con el Plan Estatal de Desarrollo y Plan Municipal de Desarrollo.
                                        Presupuesto de Egresos y si dicho cumplimiento tiene relación con el Plan Estatal
                                        de Desarrollo y Programas sectoriales, o con el Plan Municipal de Desarrollo; y,       6. Verificar que la planeación de las obras y/o acciones ejecutadas de los programas
                                                                                                                                        presupuestarios, sean conforme a la normatividad aplicable.
                                  c) Analizar el cumplimiento de los objetivos de los Programas y las metas de gasto
                                        que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.                                     7. Comprobar que el diseño de los Programas Presupuestarios haya cumplido con la
                                                                                                                                        Metodología del Marco Lógico (MML).

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