Page 6 - San Antonio Tepetlapa
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Lo anterior, como se detalla en los anexos DAM-AD—01 y DAM-AD-02.                                                        párrafo primero fracción II incisos a), b) y c) párrafo primero, 62 párrafo primero y 63 de la Ley
                                                                                                                                                                 General de Contabilidad Gubernamental; 16 de la Ley General de Responsabilidades
                                        Sin embargo, se observó que el municipio no acreditó haber aplicado dichos recursos con eficiencia,                      Administrativas; 8 y 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
                                        eficacia, economía, transparencia y honradez, dando cumplimiento a los objetivos contenidos en los                       Federativas y los Municipios; 23, 70 párrafo primero fracciones I y II y 71 párrafo primero fracciones
                                        programas, proyectos y acciones, toda vez que, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del                         I inciso b) y II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
                                        Estado de Oaxaca, no demostró:                                                                                           24 párrafos segundo y cuarto de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
                                                                                                                                                                 113 fracción II párrafo antepenúltimo, 120 párrafo segundo y 137 párrafos primero y segundo de la
                                • Contar con un adecuado Control Interno para el logro de sus objetivos institucionales, la salvaguarda                          Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 16 párrafo primero de la Ley Estatal de
                                        de los recursos públicos, así como para prevenir la corrupción. Lo anterior, derivado de la falta de                     Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 párrafo segundo, 5 párrafo segundo y 6 párrafo
                                        evidencia en la implementación de los 5 componentes del Sistema de Control Interno Institucional;                        primero de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 párrafo primero y 15 de la Ley
                                                                                                                                                                 de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero
                                • Contar con documentos administrativos normativos básicos, conforme a lo establecido en la                                      fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II, IV, VIII, X, XIII y XV, 19 párrafos primero y segundo y 30
                                        normatividad aplicable;                                                                                                  párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y
                                                                                                                                                                 Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 12 y 16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                                • Contar con un Presupuesto de Egresos realizado conforme a la normatividad aplicable;                                           Cuentas del Estado de Oaxaca; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y IV, 65, 66, 74 y 75 de la Ley
                                                                                                                                                                 Estatal de Planeación; 45 párrafo segundo, 48, 49, 50, 51, 52, 53 y 65 de la Ley de Planeación,
                                • Contar con Programas Presupuestarios alineados con el Plan Estatal y Municipal de Desarrollo; toda                             Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 56 fracción I de la Ley de Obras Públicas
                                        vez que no presentó Plan Municipal de Desarrollo, Presupuesto de Egresos ni Cuenta Pública, por lo                       y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones
                                        que no se puede corroborar su alineación entre estos elementos.                                                          I, I Bis párrafo primero, XI, XXII, XXIII, XV, XXVI, XL, LXI y LXXX, 47 párrafo primero fracción X, XVI, 68
                                                                                                                                                                 párrafo primero fracciones II, III, V, VIII, IX, X, XIV, XXXIII y XXXV, 69, 80 párrafo primero fracción X,
                                • Que las obras/acciones de los Programas Presupuestarios se planificaron conforme a la normatividad                             88 párrafo primero fracción IV, 95 párrafo primero fracciones VI párrafo primero y IX, 109, 120, 123
                                        aplicable. Lo anterior, debido a que no presentó Programa Anual de la Administración Pública, y                          párrafo primero, 126, 126 BIS párrafo primero, 126 TER párrafos primero y tercero, 126 QUATER párrafo
                                        aunque presentó Acta de Priorización de Obras, acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo                            primero fracciones V y XXVII, 126 SEPTENDECIES, 126 NOVODECIES, 126 OCTODECIES párrafo primero,
                                        Social Municipal (CDSM) y Programa Anual de Obras Públicas correspondientes al ejercicio fiscal                          126 DUOVICIES, 127 párrafos primero, segundo y tercero, 128 párrafo último, 129, 134, 138, 139, 140 y
                                        2023. Sin embargo, no se puede corroborar que las Obras, Acciones y Proyectos registrados en dicho                       141 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Acuerdo por el que se dan a conocer los
                                        documento, fueron las que se ejecutaron, toda vez que no presentó Presupuesto de Egresos ni Cuenta                       Lineamientos para la emisión del Código de Ética; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
                                        Pública.                                                                                                                 Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML); Guía para la
                                                                                                                                                                 Elaboración del Proyecto del Presupuesto de Egresos Municipal 2023.
                                • Que los Programas Presupuestarios fueron diseñados conforme a la Metodología del Marco Lógico
                                        (MML), y que, además, hayan cumplido con los objetivos y metas planteados;                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

                                • Contar con la Cuenta Pública Municipal;                                                                                        Solicitud de Aclaración:

                                • Contar con expedientes técnicos de obra integrados conforme a lo establecido en la normatividad                                2023-OA/CPM/031/2024-SA-01
                                        aplicable. Lo anterior, debido a que presentó documentos denominados “expedientes de obras
                                        públicas”. Sin embargo, al no presentar la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, no                        Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        acreditó que la ejecución de obras públicas relacionadas con los expedientes presentados,                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
                                        correspondan a los Programas Presupuestarios ni tampoco al ejercicio fiscal 2023.                                        este resultado.”

                                        Lo anterior, en razón de no haber presentado, total o parcialmente, la información y documentación                    (…)
                                        requerida en la Orden de Auditoría Sobre el Desempeño y requerimiento de información
                                        OA/CPM/031/2024, de fecha 20 de febrero de 2024, relativa a los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, notificados  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                        mediante acta circunstanciada de fecha 29 de febrero de 2024.                                                antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero, 115 fracciones II párrafos
                                        primero y segundo y IV párrafo penúltimo, 126 y 134 párrafos primero y segundo de la Constitución
                                        Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional
                                        Anticorrupción; 16, 17, 18, 19 y 46 párrafo primero fracción III, 54 párrafos primero y segundo, 60, 61

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