Page 11 - San José Estancia Grande
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“RESULTADO: AC-09 CON OBSERVACIÓN                                                                    50 párrafo primero y 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado                           INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                 de Oaxaca y 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca 2023.
            De la revisión y fiscalización efectuada a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable,
            relativa a los Contratos de obra pública, se identificó que presentó cuatro contratos de obras       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
            públicas ejecutadas con recursos del Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social   como no solventado el resultado AC-09.
            Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN), sin embargo, no
            acreditó que estas obras se encuentren registradas en la Relación de Obras en Proceso y              El siguiente resultado AC-10 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
            Terminadas contenida en la Cuenta Pública del ejercicio 2023, toda vez que, esta última no fue       se transcribe a continuación:
            presentada ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado; así mismo, no comprueba que las
            contrataciones realizadas bajo la modalidad de Adjudicación Directa o invitación restringida, no               (…)
            excedan el monto máximo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca del
            ejercicio 2023.                                                                                                  “RESULTADO: AC-10 CON OBSERVACIÓN

            De igual manera, no demostró que la suma de los montos contratados de las obras ejecutadas por                   De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
            excepción a la licitación pública, no hayan excedido del 30% del presupuesto autorizado en materia               no presentó el Programa Anual de Obras del ejercicio 2023, por lo que no acreditó que dicho
            de obra pública; y finalmente, no acreditó que los contratistas se encuentren dentro del Padrón                  programa haya sido aprobado por mayoría calificada dentro de los primeros 90 días del ejercicio,
            Oficial de Contratistas de obra pública del ejercicio fiscal 2023, toda vez que dicho documento no               que reuniera los requisitos mínimos establecidos en las normas correspondientes, y que se
            fue presentado por la Entidad Fiscalizable.                                                                      encuentre publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Gaceta Municipal o alguna
                                                                                                                             revista especializada en temas municipales.
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26 y 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
            Relacionados con las Mismas; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización
            de Cuentas del Estado de Oaxaca; 26 A, 26 B, 46 tercer párrafo, 47, 50 párrafo primero y 51 de la                Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 17, 20, 21 párrafo tercero y 22 de la Ley de
            Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados del Estado de Oaxaca y 89 fracción VII del                        Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 48, 49, 50, 51, 52, 64 y 65 de la Ley
            Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca 2023.                                                                de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales y 68 párrafo primero
                                                                                                                             fracciones V y XV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                                                                                                             Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
            Solicitud de Aclaración:
            2023-OA/CPM/044/2024-SA-08                                                                                       Solicitud de Aclaración:

            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                  2023-OA/CPM/044/2024-SA-09
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
            este resultado.”                                                                                                 Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                             documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
         (…)                                                                                                                 este resultado.”

Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad                                        (…)
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de                         Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen                         Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
por consentidas las observaciones realizadas.                                                                    transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
                                                                                                                 Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26 y 47 de la Ley de Obras Públicas y                           por consentidas las observaciones realizadas.
Servicios Relacionados con las Mismas; 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 26 A, 26 B, 46 tercer párrafo, 47,

                                                                                                                 9
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