Page 9 - San José Estancia Grande
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye                                          Solicitud de Aclaración:                                                                                                      INFORME FINAL DE AUDITORÍA
como no solventado el resultado AC-05.
                                                                                                                                  2023-OA/CPM/044/2024-SA-05
El siguiente resultado AC-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                                                     Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                  documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
          (…)                                                                                                                     este resultado.”

            “RESULTADO: AC-06 CON OBSERVACIÓN                                                                                   (…)

            De la revisión y análisis a la documentación e información presentada a requerimiento de Auditoría        Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
            por la Entidad Fiscalizable, relativo a la Cuenta Pública, los Estados Financieros e Informes             Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
            Trimestrales de Avance de Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, se determina lo           transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
            siguiente:                                                                                                Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
                                                                                                                      por consentidas las observaciones realizadas.
            a) No presentó la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023, debidamente autorizada
                  por la Comisión de Hacienda del H. Ayuntamiento Municipal; así mismo, no presentó evidencia         Incumpliendo con lo establecido en los artículos 58 párrafo primero de la Ley de Disciplina
                  de que la haya presentado ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en      Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 48, 51, 52 y 55 de la Ley General
                  tiempo y forma; y por último, no acreditó que haya sido publicada en la página electrónica          de Contabilidad Gubernamental; 59 fracción XXII párrafo último, 65 BIS tercer párrafo y
                  oficial del Municipio o en la página electrónica del Consejo Estatal de Armonización Contable       113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre
                  de Oaxaca de la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca.                                        y Soberano de Oaxaca; 12 párrafo primero, 15 párrafos primero y segundo fracciones I y
                                                                                                                      II, 16 y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca;
            b) Omitió presentar los Estados Financieros e Informes de Avance de Gestión Financiera relativos          43 párrafo primero fracciones XXII y LII, 68 párrafo primero fracción III, 71 fracción III y 95
                  al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del 2023, así como evidencia de haberlos remitido     párrafo primero fracciones IV y IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                  dentro de los treinta días siguientes al término de cada trimestre al Congreso del Estado a
                  través de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; de la misma manera, no       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
                  presentó evidencia de que hayan sido publicados en la página electrónica oficial del Municipio      como no solventado el resultado AC-06.
                  o en la página electrónica del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca de la
                  Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca.                                                        El siguiente resultado AC-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                                                                                                      se transcribe a continuación:
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 58 párrafo primero de la Ley de Disciplina
            Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 48, 51, 52 y 55 de la Ley General de                     (…)
            Contabilidad Gubernamental; 59 fracción XXII párrafo último, 65 BIS tercer párrafo y 113 fracción
            II antepenúltimo y último de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 12                       “RESULTADO: AC-07 CON OBSERVACIÓN
            párrafo primero, 15 párrafos primero y segundo fracciones I y II y 16 de la Ley de Fiscalización
            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 párrafo primero fracción XXII y LII, 68                      Del análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que presentó el
            párrafo primero fracción III, 71 fracción III y 95 párrafo primero fracciones IV y IX de la Ley Orgánica              Acta de Acuerdo de Cabildo, mediante la cual se autoriza rendir el Segundo Informe de Gobierno
            Municipal del Estado de Oaxaca.                                                                                       Municipal del ejercicio fiscal 2023, de fecha 07 de diciembre 2023; así mismo, presentó el Acta de
                                                                                                                                  Sesión Solemne de fecha 16 de diciembre de 2023, para llevar a cabo el Segundo Informe de
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                             Gobierno, no obstante, dicho informe no contiene la información del Estado Financiero de la
                                                                                                                                  Hacienda Pública Municipal, las obras en proceso y concluidas y el estado que guardan los asuntos
                                                                                                                                  municipales, así como la información relativa a los montos recibidos, obras y acciones a realizar, el
                                                                                                                                  costo, ubicación, metas y beneficiarios de cada una de las obras realizadas.

                                                                                                                                                                                                                                                             7
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