Page 3 - San Martin Peras
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca.                                                                                                                                   INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/063/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Financiera.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.

ANTECEDENTES                                                                                    C. Elpidio Herdelio Ramírez Morales, en su carácter de Presidente Municipal, presentó
                                                                                                información y documentación misma que se describió y recepcionó mediante el Acta
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de  Circunstanciada levantada el mismo día 02 de abril de 2024.
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la         Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el   Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
cual se contempló al Municipio de San Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca.            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
                                                                                                Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 12 de agosto de 2024 a
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría Financiera número OA/CPM/063/2024,        la Entidad Fiscalizable por conducto del C. Elpidio Herdelio Ramírez Morales, en su carácter
de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Pública del Municipio de     de Presidente Municipal, como consta en el acta de notificación correspondiente.
San Martín Peras, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
                                                                                                Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
La referida Orden de Auditoría fue notificada legalmente el día 05 de marzo de 2024, al C.      de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
José Reinaldo González Aguilar, en su carácter de Secretario Municipal, cuyo original se dejó   notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
en su poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó.             Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
                                                                                                atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a      formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo no mayor de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría,          Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
entregara de manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de              mediante oficio número PM/AUD-004/2024 de fecha 02 de septiembre de 2024, recibido el
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y              día 03 de septiembre de 2024 en la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de
justificativa correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de           Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por el C. Elpidio Herdelio Ramírez Morales, en su
diciembre de 2023, como consta y se describe en la Orden de Auditoría Financiera número         carácter de Presidente Municipal, presentó información y documentación para atender las
OA/CPM/063/2024.                                                                                observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones formuladas en el
                                                                                                Informe Preliminar de Auditoría, misma que se describió y recepcionó mediante el Acta
Mediante oficio de fecha 08 de marzo de 2024, la Entidad Fiscalizable solicitó prórroga para    Circunstanciada levantada el 03 de septiembre de 2024.
presentar documentación correspondiente a la notificación, la cual fue autorizada mediante
el oficio número ASFE/OT/0664/2024 de fecha 11 de marzo de 2024.                                NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

Mediante oficio número PM/AUD-002/2024 de fecha 02 de abril de 2024, recibido en esa            Mediante oficio número ASFE/OT/0501/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de la
misma fecha en la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado    Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó para realizar la Auditoría
de Oaxaca, dentro del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoría, signado por el       de Financiera número OA/CPM/063/2024, a los siguientes servidores públicos:

                                                                                                                                                                                                                                         1
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