Page 5 - San Mateo del Mar
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rendimientos financieros de cada ejercicio fiscal; asimismo, se comprobó que no         10. Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado               INFORME FINAL DE AUDITORÍA
         transfirió recursos a otras cuentas bancarias.                                                   por la Entidad Fiscalizable para la contratación de obra pública.

3. Se verificó que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados           11. Se verificó que la asignación de obra por contrato se encuentre debidamente
         conforme a la Ley de Ingresos municipal y que se encontraran debidamente                         sustentada y formalizada, y que, para la asignación por Administración Directa, la
         autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable.                                  Entidad Fiscalizable contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y
                                                                                                          elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos.
4. Se verificó que los bienes muebles e intangibles adquiridos se encontraran
         autorizados en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del           12. Se verificó que la Entidad Fiscalizable previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
         municipio, que se encontraran en el inventario de bienes de la Entidad Fiscalizable,             implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.
         que contaran con los resguardos correspondientes y con la documentación original
         comprobatoria y justificativa.                                                          13. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente
                                                                                                          en estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de
5. Se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas                   modificaciones, se encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los
         autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado.                                 convenios modificatorios.

6. Se constató que la Entidad Fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables      14. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó la documentación comprobatoria que
         específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo, que contaran             ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago
         con la documentación comprobatoria y justificativa original que soportara los                    de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción
         registros en apego a la normatividad aplicable.                                                  utilizados en la obra, en caso de Administración Directa.

7. Se verificó que los bienes inmuebles (obra por contrato) se encontraran autorizados           15. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y se constató que las obras
         en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del municipio, que se              cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan
         haya efectuado la retención y entero correspondiente al cinco al millar y al impuesto            adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria y
         sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo persona, que contaran con la                     justificativa.
         documentación original comprobatoria y justificativa, se constató la amortización
         total del anticipo otorgado y que cumplieran con la normatividad aplicable.             16. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
                                                                                                          normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
8. Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos
         destinados para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren         INFORME FINAL DE AUDITORÍA
         debidamente aprobados y autorizados por las instancias normativas
         correspondientes.                                                                       La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
                                                                                                 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
9. Se verificó que la Entidad Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó        y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo
         con los estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de            primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo
         ejecución, y que se ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para  antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y
         la realización de las obras públicas.

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