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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV, 10 párrafo primero INFORME FINAL DE AUDITORÍA
fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo, y 30 párrafo primero fracciones V
Solicitud de Aclaración: y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del
Estado de Oaxaca; 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
2023-OA/CPM/066/2024-SA-02 de Cuentas del Estado de Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I y I
Bis; 68 párrafo primero fracción V, 71 párrafo primero fracción VIII, 138 y 139 de la Ley
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se da a conocer los
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley
este resultado. General de Responsabilidades Administrativas.
(…) Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes concluyendo como no solventado el resultado AC-02.
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
El siguiente resultado AC-03 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
Respecto del Manual de organización, Manual de procedimientos, Código de ética y Código transcribe a continuación:
de conducta manifestó mediante escrito de fecha 01 de agosto de 2024, que en cuanto a la
construcción de los manuales y códigos, la administración 2024-2025 ha iniciado con la (…)
construcción de ellos; sin embargo, no presentó de manera física estos documentos
normativos básicos que correspondan al ejercicio 2023, así como la evidencia de haber sido RESULTADO: AC-03 CON OBSERVACIÓN
aprobados por mayoría calificada y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado, Gaceta Municipal, en su respectiva página oficial de internet o algún otro medio De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa al
electrónico, así como su presentación ante el Congreso del Estado; en consecuencia, no proceso de Entrega-Recepción Municipal, se constató que presentó el Acta Circunstanciada de
solvento este punto. Entrega-Recepción de fecha 01 de enero de 2023, sin embargo, no se advierte que el acta fuese
elaborada en tres juegos y que se haya presentado el tanto correspondiente ante esta Auditoría
En relación al Bando de policía y Gobierno, la entidad fiscalizable no realizó manifestación Superior de Fiscalización, como lo establece la normatividad aplicable.
alguna ni presentó documentación tendiente a acreditar su aprobación y autorización
mediante acta de sesión de cabildo para la continuación de la vigencia en el ejercicio 2023 Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización
de conformidad con la normatividad aplicable, toda vez que, se advierte que este Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca y 174, 175 y 176 de la Ley Orgánica Municipal
documento fue expedido desde el año 2017; en consecuencia, se tiene por consentida la del Estado de Oaxaca.
observación realizada.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 115
fracción II párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Solicitud de Aclaración:
Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 23
y 71 párrafo primero, fracción I inciso g) y fracción II de la Ley General de Transparencia y 2023-OA/CPM/066/2024-SA-03
Acceso a la Información Pública; 113 fracción I párrafo décimo tercero de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del Sistema Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Estatal de Combate a la Corrupción; 5 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
este resultado.
(…)
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