Page 4 - San Melchor Betaza
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  C. José Miguel Márquez Sánchez: Director de Auditoría Municipal “A”.                               b) El ejercicio del Presupuesto de Egresos para revisar que los egresos se ejercieron en los
                            C. Lucero Nancy Miranda Gutiérrez: Jefa de departamento.                                           conceptos y partidas autorizadas; incluidos, entre otros aspectos, la ejecución de los
                            C. Prisma Aremi Vega Gutiérrez: Auditor.                                                           Programas, la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
                            C. Roberto Carlos Sánchez Caballero: Auditor.                                                      subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y
                            C. Ernesto Santiago Cruz: Auditor.                                                                 demás instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a
                                                                                                                               largo plazo;
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN
                                                                                                                               c) El cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización       gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de la
                            a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del     contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso,
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del           destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; así como de
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al Ente Fiscalizable en             recursos materiales, almacenes y demás activos; y,
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:
                                                                                                                               d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y
                            Auditoría Financiera*: Son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con              aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos; y que los
                            garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los          actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios
                            resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco        públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades Fiscalizables, celebren o realicen,
                            de información financiera.                                                                         relacionados con el ejercicio del gasto público no han causado daños o perjuicios, o
                                                                                                                               ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal y/o Municipal o, en su caso, del patrimonio
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de      de las Entidades Fiscalizables.
                            Fiscalización.
                                                                                                                               ALCANCE
                            OBJETIVO
                                                                                                                               UNIVERSO:         $8,124,131.39 (Ocho millones ciento veinticuatro mil ciento treinta y un
                            La fiscalización de la cuenta pública del H. Ayuntamiento del Municipio de San Melchor                               pesos 39/100 M.N.)
                            Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01     Muestra        a
                            de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo 19                               $6,735,211.16 (Seis millones setecientos treinta y cinco mil doscientos once
                            fracción I incisos a), b), c) y d) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del  auditar ASFE:     pesos 16/100 M.N.).
                            Estado de Oaxaca, que a la letra dicen:
                                                                                                                               Alcance (%):      82.90%
                            a) La ejecución de la Ley de Ingresos, para verificar la forma y términos en que los ingresos
                            fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que los recursos                 PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            provenientes de financiamientos, empréstitos y otras obligaciones se contrataron,
                            recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado;                                             1. Se verificó que los saldos reflejados en las cuentas bancarias al término del ejercicio
                                                                                                                                        fiscal se encontraran devengados y cuenten con su documentación correspondiente.
                            2
                                                                                                                               2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable recibió y administró la totalidad de los recursos
                                                                                                                                        asignados de la Participaciones y Aportaciones en una cuenta bancaria específica y
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