Page 8 - San Melchor Betaza
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
Pliego de Observaciones. Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
2023-OA/CPM/067/2024-PO-01 para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $5,000.00 (Cinco mil Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
Pliego de Observaciones.
(…)
2023-OA/CPM/067/2024-PO-02
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $84,344.00 (Ochenta y
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen cuatro mil trescientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
por consentidas las observaciones realizadas, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02- este resultado.”
SOL-02.
(…)
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
Federación; 42, 43, 67 párrafos primero y segundo y 70 fracción I de la Ley General de Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Contabilidad Gubernamental. Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
no solventado el resultado AF-03. por consentidas las observaciones realizadas, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-
SOL-03.
El siguiente resultado AF-04 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
(…) CON OBSERVACIÓN Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e
“RESULTADO: AF-04 Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
De la revisión a la sub-subcuenta 51221-2211 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SERVICIO DE COMEDOR Y VIVERES; Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de
se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $84,344.00 (Ochenta y cuatro mil trescientos de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), observándose que los registros contables y presupuestarios no
se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto como es la solicitud que Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
especifique la necesidad de la adquisición, la autorización correspondiente, tres referentes, la no solventado el resultado AF-04.
constancia recepción y la evidencia del uso y destino del recurso, como se detalla en el ANEXO DAM-
FC-03. El siguiente resultado AF-05 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
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