Page 8 - San Melchor Betaza
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                           y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley
                                                                                                                                                   de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                               Pliego de Observaciones.                                                                                            Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
                               2023-OA/CPM/067/2024-PO-01                                                                                          para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                                                                                                                                                   Responsabilidad Hacendaria.
                               Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                               documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $5,000.00 (Cinco mil                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                               pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                                                                                                                                                   Pliego de Observaciones.
                               (…)
                                                                                                                                                   2023-OA/CPM/067/2024-PO-02
                            Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                            Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente                                 Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de                               documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $84,344.00 (Ochenta y
                            Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen                               cuatro mil trescientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en
                            por consentidas las observaciones realizadas, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02-                                   este resultado.”
                            SOL-02.
                                                                                                                                                (…)
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la
                            Federación; 42, 43, 67 párrafos primero y segundo y 70 fracción I de la Ley General de                     Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                            Contabilidad Gubernamental.                                                                                Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                                                                                                                                       transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como              Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
                            no solventado el resultado AF-03.                                                                          por consentidas las observaciones realizadas, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-
                                                                                                                                       SOL-03.
                            El siguiente resultado AF-04 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                 Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley
                                                                                                                                       General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
                               (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                      Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                                                                                                                       Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e
                               “RESULTADO: AF-04                                                                                       Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,
                                                                                                                                       Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                               De la revisión a la sub-subcuenta 51221-2211 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SERVICIO DE COMEDOR Y VIVERES;     Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de
                               se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca  Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
                               afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $84,344.00 (Ochenta y cuatro mil trescientos            de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                               cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), observándose que los registros contables y presupuestarios no
                               se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto como es la solicitud que          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
                               especifique la necesidad de la adquisición, la autorización correspondiente, tres referentes, la        no solventado el resultado AF-04.
                               constancia recepción y la evidencia del uso y destino del recurso, como se detalla en el ANEXO DAM-
                               FC-03.                                                                                                  El siguiente resultado AF-05 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                                                                                                                       transcribe a continuación:
                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                               Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                               primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios

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