Page 13 - San Miguel Coatlán
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 48, 49, 50, 51, 52 y 65 de la Ley de de la Metodología del Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023, para este programa INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 43 párrafo presupuestario.
primero fracciones XV y XXVI y 80 párrafo primero fracción X de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Oaxaca. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 61 párrafo primero fracción II inciso b) de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera las Entidades Federativas y los Municipios y Lineamientos para la Construcción y Diseño de
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
concluyendo como no solventado el resultado AD-04.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
El siguiente resultado AD-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: Solicitud de Aclaración:
(…) CON OBSERVACIÓN 2023-OA/CPM/068/2024-SA-05
“RESULTADO: AD-05 Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan
DISEÑO DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS en este resultado.”
La Metodología del Marco Lógico (MML) es una herramienta que facilita el proceso de (…)
conceptualización, diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de programas. Esta metodología se
basa en la estructuración y solución de problemas, permitiendo organizar, de manera sistemática y La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
lógica, los objetivos de un programa y sus relaciones de causa y efecto, además de los medios y antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
fines.
Respecto a la observación que no autorizó el Programa Presupuestario “Educación”, en el
Para constatar que los Programas Presupuestarios ejecutados por la Entidad Fiscalizable se Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2023, y, por consiguiente, también
elaboraron de conformidad con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de se observó que la Entidad Fiscalizable no elaboró ni autorizó el Árbol de Problemas, Árbol de
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR). Derivado de lo anterior, no acreditó
Armonización Contable (CONAC), se revisó y analizó el diseño de los Programas Presupuestarios haber implementado, para este Programa Presupuestario, el diseño de la Metodología del
concluyendo lo siguiente: Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023, presentó oficio de presentación número
00151/2024, mediante el cual argumentó lo siguiente “Se presenta árbol de problemas, árbol
Se observó que la Entidad Fiscalizable no autorizó el programa presupuestario denominado de objetivos y MIR de los programas de Educación y Vivienda y Servicios Básicos.”, asimismo,
“Educación” en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2023, y, por consiguiente, del Programa Presupuestario “Educación”, también presentó copias certificadas de la Matriz
se observó que la Entidad Fiscalizable no elaboró ni autorizó el Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos de Indicadores, Árbol de Problemas y Árbol de objetivos. Sin embargo, no presentó evidencia
y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR). Derivado de lo anterior, no acreditó haber que haga constar la aprobación del Programa Presupuestario “Educación” en el
implementado el diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023, para Presupuesto de Egresos, ni la aprobación de dichos documentos y, por consiguiente, haber
este programa presupuestario. implementado el diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML), en consecuencia, no
ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y
Por otra parte, el programa “Vivienda y Servicios Básicos” fue autorizado en el Presupuesto de Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
Egresos, sin embargo, no elaboró ni autorizó el Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos y Matriz de
Indicadores para Resultado (MIR). Derivado de lo anterior, no acreditó haber implementado el diseño
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