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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Respecto a la observación que no elaboró ni autorizó el Árbol de Problemas, Árbol de                             La Entidad Fiscalizable, en la Cuenta Pública Municipal, reportó la ejecución del Programa
                            Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR). Derivado de lo anterior, no acreditó                     Presupuestario “Educación”, sin haberlo autorizado en el Presupuesto de Egresos, a través de una
                            haber implementado el diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML) en el ejercicio                            actividad con sus respectivas metas. Sin embargo, al no haber autorizado ni presentado la Matriz de
                            fiscal 2023, con relación al Programa Presupuestario “Vivienda y Servicios Básicos”,                             Indicadores para Resultados (MIR), las metas reportadas no son susceptibles de comparación ni
                            presentó oficio de presentación número 00151/2024, mediante el cual argumentó lo                                 comprobación, motivo por el cual no se puede determinar que el Programa Presupuestario se haya
                            siguiente “Se presenta árbol de problemas, árbol de objetivos y MIR de los programas de                          realizado y ejecutado bajo los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia,
                            Educación y Vivienda y Servicios Básicos.”, asimismo, del Programa Presupuestario                                eficacia, economía, transparencia y honradez, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los
                            “Vivienda y Servicios Básicos”, presentó copias certificadas de: Matriz de Indicadores, Árbol                    programas, proyectos y acciones, tal como se detalla en la tabla siguiente.
                            de Problemas y Árbol de objetivos. Sin embargo, no presentó evidencia que acredite la
                            autorización de dichos documentos y por consiguiente, haber implementado el diseño de la                         Por lo anterior, la Entidad Fiscalizable no acreditó que la inversión en el Programa Presupuestario
                            Metodología del Marco Lógico (MML), en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho                            “Educación”, equivalente a $2,078,578.00 (Dos millones setenta y ocho mil quinientos setenta y
                            concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del                       ocho pesos 00/100 M.N.), se haya realizado bajo el control y resguardo del Presidente Municipal y del
                            Estado de Oaxaca.                                                                                                Tesorero como lo determina la normatividad aplicable, así como tampoco acreditó que la inversión
                                                                                                                                             de recursos se haya realizado con estricto apego al Presupuesto de Egresos bajo los principios
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 61 párrafo primero fracción II inciso b) de                     constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez,
                            la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina                         con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para satisfacer
                            Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y Lineamientos para la                                  los objetivos a los que estén destinados.
                            Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco
                            Lógico (MML).                                                                                                    Por otra parte, la Entidad Fiscalizable, en la Cuenta Pública Municipal, reportó la ejecución del
                                                                                                                                             Programa Presupuestario “Vivienda y Servicios Básicos” a través cuatro actividades con sus
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                        respectivas metas. Sin embargo, al no haber presentado la Matriz de Indicadores para Resultados
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                (MIR), las metas reportadas no son susceptibles de comparación ni comprobación, motivo por el cual
                            concluyendo como no solventado el resultado AD-05.                                                               no se puede determinar que el Programa Presupuestario se haya realizado y ejecutado bajo los
                                                                                                                                             principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y
                            El siguiente resultado AD-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                     honradez, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones, tal
                            transcribe a continuación:                                                                                       como se detalla en la tabla siguiente.

                                                                                                                                             Por lo anterior, la Entidad Fiscalizable no acreditó que la inversión en el Programa Presupuestario
                                                                                                                                             “Vivienda y Servicios Básicos”, equivalente a $14,114,935.20 (Catorce millones ciento catorce mil
                                                                                                                                             novecientos treinta y cinco pesos 20/100 M.N.), se haya realizado bajo el control y resguardo del
                                                                                                                                             Presidente Municipal y del Tesorero como lo determina la normatividad aplicable, así como tampoco
                                                                                                                                             acreditó que la inversión de recursos se haya realizado con estricto apego al Presupuesto de Egresos
                                                                                                                                             bajo los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía,
                                                                                                                                             transparencia y honradez, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y
                                                                                                                                             acciones para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. (Tabla 2)

                                (…)                CON OBSERVACIÓN

                                “RESULTADO: AD-06

                                CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS Y METAS DE LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO

                                De la revisión y análisis realizados al Presupuesto de Egresos aprobado y a la Cuenta Pública
                                Municipal del ejercicio fiscal 2023, presentados por la Entidad Fiscalizable, con la finalidad de verificar
                                el Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores establecidos para los Programas
                                Presupuestarios “Educación” y “Vivienda y Servicios Básicos”, se concluye lo siguiente:

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