Page 3 - San Miguel Soyaltepec
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Soyaltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/070/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Financiera.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Mediante escrito de fecha 20 de marzo de 2024, recibido el día 21 de marzo de 2024 en la
oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoría, signado por la C. Nadia Berenice
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de Montor Arenas, en su carácter de Síndica Procuradora, presentó información y
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la documentación misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el levantada el mismo día 21 de marzo de 2024.
cual se contempló al Municipio de San Miguel Soyaltepec, Distrito de Tuxtepec, del Estado
de Oaxaca. Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría Financiera número OA/CPM/070/2024 Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Pública del Municipio de Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 17 de julio de 2024 a la
San Miguel Soyaltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal Entidad Fiscalizable por conducto de la C. Nadia Berenice Montor Arenas, en su carácter de
2023. Síndica Procuradora, como consta en el acta de notificación correspondiente.
La referida orden de auditoría fue notificada legalmente el día 23 de febrero de 2024, al C. Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
José Mardonio Sánchez Zacarias, en su carácter de Tesorero Municipal, cuyo original se dejó de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
en su poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó. notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo no mayor de diez días hábiles contados a partir formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
del día siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría,
entregara de manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y mediante escrito de fecha 08 de agosto de 2024, recibido en esa misma fecha en la oficialía
justificativa correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por el C.
diciembre de 2023, como consta y se describe en la Orden de Auditoría Financiera número Nazario Antonio Hernández Velásquez, en su carácter de Presidente Municipal, presentó
OA/CPM/070/2024. información y documentación para atender las observaciones detalladas, las acciones
emitidas y recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, misma que
Mediante oficio sin número de fecha 29 de febrero de 2024, la Entidad Fiscalizable solicitó se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el 08 de agosto de
prórroga para presentar documentación correspondiente a la notificación, la cual fue 2024.
autorizada mediante el oficio número ASFE/OT/0594/2024 de fecha 05 de marzo de 2024.
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