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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  17. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la                    el procedimiento de contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones
                                     normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.                          disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias
                                                                                                                                        pertinentes; la requisición de los bienes adquiridos, la autorización correspondiente, la constancia de
                            INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                  recepción y la evidencia del destino final de los bienes; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.

                            La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
                            115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo             General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
                            y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo              28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
                            primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo          Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88
                            antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y                   del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero
                            Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII  del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                            y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 34, 35,
                            36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización              Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número
                            1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de               Pliego de Observaciones.
                            septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número
                            cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y                2023-OA/CPM/070/2024-PO-01
                            2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la
                            Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año                  Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el informe final de                   documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $135,000.00 (Ciento
                            auditoría con los siguientes resultados:                                                                    treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”

                                                                                                                                        (…)

                                                                                                                                        La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                        antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            El siguiente resultado AF-01 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            transcribe a continuación:                                                                                  observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL-01.

                               (…)                      CON OBSERVACIÓN                                                                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                                        suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                               “RESULTADO: AF-01                                                                                        como solventado el resultado AF-01.

                               De la revisión a las sub-subcuentas 12413-5150100264 COMPUTADORA DELL OPTIPLEX 7000 SFF, INTEL           El siguiente resultado AF-02 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
                               CORE I7-12700 2.10GHZ, 8GB, 512GB SSD, WINDOWS 11 PRO 64-BIT TECLADO/MOUSE, 12413-5150100265             auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
                               COMPUTADORA DELL OPTIPLEX 7000 SFF, INTEL CORE I7-12700 2.10GHZ, 8GB, 512GB SSD, WINDOWS 11
                               PRO 64-BIT TECLADO/MOUSE, 12413-5150100266 COMPUTADORA DELL OPTIPLEX 7000 SFF, INTEL CORE                (…)                SIN OBSERVACIÓN
                               I7-12700 2.10GHZ, 8GB, 512GB SSD, WINDOWS 11 PRO 64-BIT TECLADO/MOUSE, 12413-5150100267
                               LAPTOP LENOVO THINKPAD L14 GEN2 14, 12413-5150100268 LAPTOP LENOVO THINKPAD L14 GEN2 14,                 “RESULTADO: AF-02
                               12413-5150100269 LAPTOP LENOVO THINKPAD L14 GEN2 14, se constató que la Entidad Fiscalizada
                               afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $135,000.00 (Ciento treinta y cinco mil pesos 00/100     De la revisión y análisis a la documentación relativa al registro de los ingresos ministrados por la
                               M.N.), se verificó que los bienes muebles se encuentran en el inventario de Bienes Muebles, integrado    Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se constató que ministró al H.
                               en la cuenta pública del ejercicio 2023. Asimismo, observándose que los registros contables y            Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Soyaltepec, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, recursos
                               presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto como es         relativos al Ramo General 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios incluyendo los

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