Page 3 - San Pablo Huixtepec
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Pablo Huixtepec, Distrito de Zimatlán, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/072/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Desempeño.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 09 de agosto de 2024 a
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la la Entidad Fiscalizable por conducto del C. Andrés Díaz Ibáñez, en su carácter de Presidente
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el Municipal, como consta en el Acta de Notificación correspondiente.
cual se contempló al Municipio de San Pablo Huixtepec, Distrito de Zimatlán, Oaxaca.
Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría sobre el Desempeño número de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
OA/CPM/072/2024 de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Pública notificación del Informe Preliminar de Auditoría, para que presentara, ante esta Auditoría
del Municipio de San Pablo Huixtepec, Distrito de Zimatlán, Oaxaca, correspondiente al Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación, justificación e
ejercicio fiscal 2023. información para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y
recomendaciones formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
La referida Orden de Auditoría fue notificada legalmente el día 23 de febrero de 2024, al C.
Andrés Díaz Ibáñez, en su carácter de Presidente Municipal, cuyo original se dejó en su Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
poder, como consta en el Acta de Notificación que para tal efecto se levantó. mediante escrito de fecha 28 de agosto de 2024, recibido en fecha 30 de agosto de 2024 en
la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a signado por el C. Andrés Díaz Ibáñez, en su carácter de Presidente Municipal, presentó
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir información y documentación para atender las observaciones detalladas, las acciones
del día siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría, emitidas y recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, misma que
entregara de manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el 30 de agosto de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación e información justificativa 2024.
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023,
como consta y se describe en la Orden de Auditoría sobre el Desempeño número NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
OA/CPM/072/2024.
Mediante oficio número ASFE/OT/0510/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de la
Mediante escrito sin número ni fecha, recibido en fecha 08 de marzo de 2024 en la oficialía Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó para realizar la
de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro del plazo Auditoría sobre el Desempeño número OA/CPM/072/2024, a los siguientes servidores
legalmente concedido en la Orden de Auditoría, signado por el C. Andrés Díaz Ibáñez, en su públicos:
carácter de Presidente Municipal, presentó información y documentación misma que se
describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el mismo día 08 de
marzo de 2024.
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