Page 13 - San Pedro Mártir Yucuxaco
P. 13
(…) El siguiente resultado AC-12 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
“RESULTADO: AC-11 CON OBSERVACIÓN
(…)
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
el Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, no presentó evidencia de “RESULTADO: AC-12 SIN OBSERVACIÓN
la realización de obras públicas bajo la modalidad de administración directa, además, no presentó
la plantilla de personal y plantilla vehicular, para acreditar que haya contado con la capacidad Con la finalidad de constatar que los recursos provenientes de financiamientos y otras obligaciones
técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos relativos y empréstitos se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado, en términos
a la ejecución de este tipo de obras públicas. de los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y
los Municipios, se requirió información y documentación al Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 70 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, referente al Expediente único de Deuda Pública Municipal y al
Relacionados con las Mismas, 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Expediente único de Obligaciones de Pago; sin embargo, la Entidad Fiscalizable no presentó
Cuentas del Estado de Oaxaca; 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del información ni documentación referente a estos puntos, como consta en el acta circunstanciada
Estado de Oaxaca. de recepción de documentación de fecha 5 de marzo de 2024.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Por lo que, a efectos de corroborar si el H. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Mártir
Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, contrató Deuda Pública u Obligaciones de Pago, mediante
Solicitud de Aclaración: oficio número ASFE/OT/0335/2024, de fecha 26 de febrero de 2024, esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado, solicitó a la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado
2023-OA/CPM/078/2024-SA-11 proporcionara información relativa a la Deuda Pública contratada por el Municipio de referencia
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la durante el ejercicio fiscal 2023, solicitando incluyera en forma detallada los siguientes datos: 1) fecha
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en de suscripción; 2) monto original contratado; 3) fecha de vencimiento; 4) saldo al 31 de diciembre
este resultado.” 2023 y 5) fondos federales afectados como garantía de pago. En respuesta, la Secretaría de Finanzas
del Poder Ejecutivo del Estado, mediante oficio número SF/SECyT/TES/0824/2024 de fecha 20 de
(…) marzo de 2024, informó que en el año 2023 no se tiene registrada la contratación de financiamiento
por parte del Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca.
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente Como complemento de información, se consultó el Registro Público Único de Financiamientos y
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen Público y el Registro Estatal de Financiamiento y Obligaciones de Oaxaca de la Secretaría de
por consentidas las observaciones realizadas. Finanzas del Poder Ejecutivo de Oaxaca, en las direcciones electrónicas oficiales
siguientes:https://www.disciplinafinanciera.hacienda.gob.mx/es/DISCIPLINA_FINANCIERA/Regis
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 70 de la Ley de Obras Públicas y Servicios tro_Publico_Unico y https://www.finanzasoaxaca.gob.mx/transparenciapresupuestaria /rendi
Relacionados con las Mismas, 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior cion_cuentas.html, en cuyos registros se confirmó que la Entidad Fiscalizable no contrató Deuda
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 62 y 63 de la Ley de Obras Públicas y Pública ni contrajo obligaciones de pago durante el ejercicio fiscal 2023.
Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
En virtud de no haber contratado deuda pública y no haber contraído obligaciones de pago durante
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina el ejercicio 2023, la Entidad Fiscalizable no refleja información financiera de los indicadores en el
como no solventado el resultado AC-11. Sistema de Alertas reportada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
11