Page 10 - San Pedro Mártir Yucuxaco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 58 párrafo primero de la Ley de Disciplina                                    Solicitud de Aclaración:
                            Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 48, 51, 52 y 55 de la Ley General
                            de Contabilidad Gubernamental; 59 fracción XXII párrafo último, 65 BIS tercer párrafo y                                        2023-OA/CPM/078/2024-SA-07
                            113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre
                            y Soberano de Oaxaca; 12 párrafo primero, 15 párrafos primero y segundo fracciones I y                                         Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            II, 16 y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de                                           documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
                            Oaxaca; y 43 párrafo primero fracciones XXII y LII, 68 párrafo primero fracción III, 71                                        este resultado.
                            fracción III y 95 párrafo primero fracciones IV y IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado
                            de Oaxaca.                                                                                                                  (…)

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye                           Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                            como no solventado el resultado AC-06.                                                                             Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                                                                                                                                               transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
                            El siguiente resultado AC-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                       Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
                            transcribe a continuación:                                                                                         por consentidas las observaciones realizadas.

                                     (…)                                                                                                       Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero y 34 de la Ley de
                                                                                                                                               Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 43 párrafo
                                        RESULTADO: AC-07 CON OBSERVACIÓN                                                                       primero fracción XL y 68 fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

                                        Del análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que no presentó    Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
                                        el Informe de Gobierno del ejercicio 2023, al igual que, el acta de sesión pública y solemne del       como no solventado el resultado AC-07.
                                        Municipio en la cual se autoriza dicho informe; por lo que, no acreditó que haya informado a la
                                        población el Estado Financiero de la Hacienda Pública Municipal, las obras en proceso y concluidas     El siguiente resultado AC-08 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                                        y el estado que guardan los asuntos municipales, así como la información relativa a los montos         transcribe a continuación:
                                        recibidos, obras y acciones a realizar, el costo, ubicación, metas y beneficiarios de cada una de las
                                        obras realizadas, como lo establece la normatividad aplicable.                                                  (…)

                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización                     “RESULTADO: AC-08 CON OBSERVACIÓN
                                        Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 43 párrafo primero fracción XL y 68
                                        fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                   De la revisión y análisis realizado a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se
                                                                                                                                                           constató que no presentó el Presupuesto de Egresos aprobado y la Cuenta Pública
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                          correspondientes al ejercicio 2023, por lo que, no acreditó que los importes de las partidas
                                                                                                                                                           presupuestarias ejercidas y devengadas correspondan a los importes autorizados en el Presupuesto
                            8                                                                                                                              de Egresos Aprobado o competan a las modificaciones realizadas al Presupuesto de Egresos
                                                                                                                                                           durante el ejercicio 2023.

                                                                                                                                                           Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 61 párrafo primero fracción II, 62 párrafo
                                                                                                                                                           primero, 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 71 párrafo primero fracción I
                                                                                                                                                           inciso b) y fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 8 y 18
                                                                                                                                                           párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
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