Page 8 - San Pedro Mártir Yucuxaco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA (…) primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de
Oaxaca.
“RESULTADO: AC-04 CON OBSERVACIÓN
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
De la revisión y análisis a la documentación presentada a requerimiento por la Entidad Fiscalizable, como no solventado el resultado AC-04.
se constató que no presentó los Contratos de cuentas bancarias y conciliaciones bancarias del
ejercicio fiscal 2023, correspondientes al Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y El siguiente resultado AC-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
Municipios, y Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las se transcribe a continuación:
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (…)
(FORTAMUN); identificando que solo presentó los Estados de Cuenta de los meses de octubre a
diciembre de 2023, por lo anterior, no acreditó que haya registrado los ingresos recaudados y “RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN
recibidos por la Secretaría de Finanzas en cuentas bancarias productivas específicas aperturadas
para cada fondo o programa, y así mismo, no demuestra que no se hayan realizado traspasos entre De la revisión y análisis a la documentación presentada a requerimiento por la Entidad Fiscalizable,
dichas cuentas bancarias. se constató que no presentó el Inventario de bienes muebles e inmuebles debidamente autorizado
al cierre del ejercicio fiscal 2023 que componen el patrimonio municipal; las disposiciones
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 69 párrafos primero, tercero y cuarto, y 70 párrafo normativas en materia de Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios relacionados
primero fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 párrafo quinto de la Ley de con bienes muebles e inmuebles y demás normativa interna y los Expedientes de sesiones de
Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca; y 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización instalación, ordinarias y extraordinarias del Comité de Adquisiciones y Contratación de Servicios,
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca. que incluyan oficios de invitación, listas de asistencia, actas de comité y padrón de proveedores;
observando que, no acreditó que haya registrado en su contabilidad los bienes muebles e
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: inmuebles atendiendo las características y normativa de registro establecidos; así mismo, no
comprobó que haya cumplido con la elaboración y publicación del inventario y el catálogo de
Solicitud de Aclaración: bienes en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, y de haberlo hecho de conocimiento al
2023-OA/CPM/078/2024-SA-04 Congreso del Estado.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Incumpliendo con lo establecido en los artículos 23, 24, 25, 27, 28 párrafo segundo y 43 de la Ley
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en General de Contabilidad Gubernamental; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y
este resultado.” Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 2 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
(…) Estado de Oaxaca; y 71 párrafo primero fracción IX, 109, 110, 111, 112, 113 y 120 párrafos primero y
segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y Acuerdo por el que se emiten los
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos.
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
por consentidas las observaciones realizadas.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 69 párrafos primero, tercero y cuarto, y
70 párrafo primero fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8
párrafo quinto de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca y 12 párrafo
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