Page 6 - San Pedro Mártir Yucuxaco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: (…)
Solicitud de Aclaración: “RESULTADO: AC-02 CON OBSERVACIÓN
2023-OA/CPM/078/2024-SA-01
De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por el Municipio a
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la requerimiento de Auditoría, relativa a los documentos normativos básicos, procesos y normativa, se
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en constató que no presentó la Estructura Orgánica del Ayuntamiento, Manual de Organización,
este resultado.” Manual de procedimientos, Código de Ética, Código de Conducta, así como el Bando de Policía y
Gobierno correspondientes al periodo 2023, por lo que, no acreditó que estos documentos hayan
(…) sido elaborados dentro del plazo de los 90 días siguientes a su toma de posesión; así mismo, no
demostró que estos documentos normativos hayan sido presentados ante el Congreso del Estado
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad y que se encuentren debidamente publicados de conformidad con la normatividad aplicable en el
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente Periódico Oficial del Gobierno del Estado o Gaceta Municipal, así como en su respectiva página
transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de oficial de internet o en algún medio electrónico.
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
por consentidas las observaciones realizadas. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II, párrafos primero y segundo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 61 párrafo primero fracción II, 62 Sistema Nacional Anticorrupción; 23 y 71 párrafo primero fracción I inciso b) y fracción II de la Ley
párrafo primero, 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113 fracción I, párrafo décimo tercero
primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del
71 párrafo primero fracción I inciso g) y fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del
Transparencia y Acceso a la Información Pública; 45 párrafos primero y segundo de la Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV; 10 párrafo primero fracciones II, VIII,
Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales; 12 párrafo X y XIII, 19 párrafos primero y segundo y 30 párrafo primero, fracciones V y VII de la Ley de
primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 12 párrafo
Oaxaca; 43 párrafo primero fracciones II, XV, XXI y XXIII, 47 párrafo primero fracción XVI, primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 29
68 párrafo primero fracciones IX y XIV, 95 párrafo primero fracción VI párrafo primero, párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I y I Bis, 68 párrafo primero fracción V, 71 párrafo
123 párrafo primero, 127 párrafos primero y tercero, 128 párrafo último y 129 de la Ley primero fracción VIII, 138 y 139 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y Acuerdo por
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y 7 párrafo primero fracción IV, 19 y 30 fracción el que se da a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el
V de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye Solicitud de Aclaración:
como no solventado el resultado AC-01.
2023-OA/CPM/078/2024-SA-02
El siguiente resultado AC-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación: Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
4 este resultado.”
(…)
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente