Page 4 - Santa Catarina Zapoquila
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA                            ALCANCE

                            Mediante oficio número ASFE/OT/0465/2024 de fecha 01 de marzo de 2024, la Titular de           La auditoría comprendió la revisión de la documentación e información requerida y
                            la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, comisionó para realizar la        remitida, misma que se llevó a cabo en las oficinas de la Auditoría Superior de
                            Auditoría de Cumplimiento número OA/CPM/027/2024, a los siguientes servidores                  Fiscalización del Estado de Oaxaca; se verificó el cumplimiento de las disposiciones en
                            públicos:                                                                                      materia de sistemas de contabilidad y registro contable, obligaciones de registro
                                                                                                                           patrimonial, elaboración y presentación de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.
                            C. José Miguel Márquez Sánchez: Director de Auditoría Municipal “A”.                           Además, del cumplimiento de transparencia y rendición de cuentas establecidas en la
                            C. Lucero Nancy Miranda Gutiérrez: Jefa de Departamento de Auditoría Financiera y de           Ley General de Contabilidad Gubernamental; así como de las reglas de disciplina
                                                                                                                           financiera, contratación de deuda pública, obligaciones de pago, sistema de alertas y
                                Cumplimiento.                                                                              registro público único, establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
                            C. Carlos González García: Auditor.                                                            Federativas y los Municipios; así como con todas y cada una de las disposiciones
                                                                                                                           contenidas en los ordenamientos legales, reglamentarios y administrativos
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                         correspondientes.

                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y                 PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            fiscalización a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de
                            Fiscalización del Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma      1. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración y
                            Profesional del Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente                presentación del Plan Municipal de Desarrollo, Ley de Ingresos y Presupuesto de
                            fiscalizable en mención, el siguiente tipo de auditoría:                                              Egresos incluyendo las modificaciones, así como su publicación y difusión,
                                                                                                                                  debidamente autorizados.
                            Auditoría de Cumplimiento*: Determina en qué medida el ente fiscalizado ha observado
                            las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones       2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la elaboración de
                            contractuales, y puede abarcar gran variedad de materias sujetas a fiscalización.                     los documentos administrativos normativos básicos, que se encuentren autorizados
                                                                                                                                  y debidamente publicados, de conformidad con la normatividad aplicable.
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de
                            Fiscalización.                                                                                  3. Se verificó que el acta entrega-recepción de la Administración Municipal se haya
                                                                                                                                  integrado con todos los documentos requeridos y se haya informado a las
                            OBJETIVO                                                                                              instancias correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable.

                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa                4. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya registrado los ingresos recaudados y
                            Catarina Zapoquila, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal                recibidos en cuentas bancarias productivas específicas aperturadas para cada
                            de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en               fondo o programa.
                            materia del ejercicio del gasto público y del sistema de registro y contabilidad
                            gubernamental, respecto de la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,           5. Se corroboró que la Entidad Fiscalizable haya registrado en su contabilidad los
                            arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes                  bienes muebles e inmuebles atendiendo las características y normativa de registro
                            muebles e inmuebles; así como de recursos materiales, almacenes y demás activos;                      establecidos; así mismo, que haya cumplido con la elaboración y publicación del
                            conforme a lo establecido en el artículo 19 fracción I inciso c) de la Ley de Fiscalización           inventario y el catálogo de bienes y haberlo hecho de conocimiento al Congreso del
                            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.                                                 Estado.

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