Page 5 - Santa Catarina Zapoquila
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6. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya dado cumplimiento a la presentación de de Oaxaca de fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas INFORME FINAL DE AUDITORÍA
la Cuenta Pública, de los Estados Financieros y de los Informes Trimestrales de publicada en el Periódico Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha
Avance de Gestión Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, y que la información veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7
que la integra se ajuste a la normatividad aplicable. fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el Periódico Oficial del
7. Se verificó que la información contenida en el Informe de Gobierno corresponda a Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con los siguientes
la que se encuentra registrada en la contabilidad del Municipio. resultados:
8. Se verificó que las partidas presupuestarias ejercidas y registradas, estén El siguiente resultado AC-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
consideradas en el Presupuesto de Egresos Aprobado. se transcribe a continuación:
9. Se constató que la contratación de obras públicas se haya realizado de acuerdo a (…)
la normatividad aplicable.
“RESULTADO: AC-01 CON OBSERVACIÓN
10. Se verificó que la Entidad Fiscalizable haya elaborado el Programa Anual de Obras
y que se ajustó a las normas correspondientes. De la revisión a la documentación presentada por el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa
Catarina Zapoquila, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, relativa al requerimiento de auditoría, se
11. Se verificó que para la asignación de obras por administración directa, el constató lo siguiente:
Ayuntamiento contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y
elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos. a) Presentó el Plan Municipal de Desarrollo y acta de sesión extraordinaria de fecha 09 de
enero de 2023, mediante la cual se aprobó el Plan Municipal de Desarrollo 2023-2025 por
12. Se confirmó si la Entidad Fiscalizable contrató Deuda Pública u Obligaciones a corto mayoría calificada, sin embargo, no presentó el oficio de validación ante el Instituto de
plazo. Planeación para el Bienestar, así como evidencia de su publicación en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado, Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas Municipales.
INFORME FINAL DE AUDITORÍA
b) Presentó la Ley de Ingresos del ejercicio 2023, incluyendo actas de sesión extraordinarias de
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los cabildo de fechas 30 de marzo, 29 de junio, 28 de septiembre y 29 de diciembre del año
artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos 2023, de aprobación y modificación de la Ley de Ingresos para el ejercicio citado, así como
primero, segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; un escrito de fecha 30 de enero de 2023, dirigido al Presidente de la Comisión de Hacienda
59 fracción XXII párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones del Congreso del Estado, mediante el cual remiten la Ley de ingresos 2023, sin embargo, no
I y II, 113 fracción II párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución presentó el Decreto mediante el cual se autorice esta Ley de Ingresos, ni evidencia de su
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I inciso
c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la c) Presentó el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023, con su respectiva acta de
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada sesión extraordinaria de cabildo de fecha 15 de enero de 2023, constatando que su
mediante Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado elaboración y autorización excedió el plazo del 15 de diciembre del 2022; además, no anexó
evidencia que acredite que el citado presupuesto haya sido presentado ante el entonces
Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, así como su publicación en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado o Gaceta Municipal.
d) Con relación a las Modificaciones al Presupuesto de Egresos, el Entidad Fiscalizable
únicamente presento actas de modificación de fechas 31 de marzo, 30 de junio, 29 de
septiembre y 29 de diciembre de 2023, sin embargo, omitió presentar el correspondiente
Presupuesto de Egresos modificado y la evidencia de que haya sido presentado ante esta
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