Page 6 - Santa Catarina Zapoquila
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Auditoría Superior de Fiscalización del Estado, como lo indica la normativa aplicable, así Igualmente, con respecto al Decreto de la Ley de Ingresos del ejercicio 2023, presentó un
como su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y/o en la Gaceta escrito de fecha 07 de agosto 2024, mediante el cual manifiesta que el municipio al
Municipal. regirse por Sistemas Normativos Internos y habiendo sido validada la elección por el
IEEPCO hasta el 28 de diciembre de 2022, quedó fuera de tiempo para elaborar y
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 61 párrafo primero fracción II, 62 párrafo presentar la iniciativa de la Ley de Ingresos, sin embargo, no se cumplió con la
primero, 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo primero de la presentación del Decreto de la Ley de Ingresos 2023 o en su defecto del año inmediato
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 71 párrafo primero anterior; así mismo, NO presentó evidencia de la publicación en el Periódico Oficial del
fracciones I inciso b), y II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Gobierno del Estado, tal como fue observado, en consecuencia, se tiene por no
45 párrafos primero y segundo de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios solventada la observación realizada.
Públicos Municipales; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 párrafo primero fracciones XXI y XXIII, 68 párrafo primero Respecto al Presupuesto de Egresos del ejercicio 2023, presentó un escrito de fecha 07
fracciones IX y XIV, 95 párrafo primero fracción VI, 127 párrafo primero y tercero, 128 párrafo de agosto 2024 mediante el cual manifiesta que el municipio al regirse por Sistemas
último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y 7 párrafo primero fracción IV, Normativos Internos y habiendo sido validada la elección por el IEEPCO hasta el 28 de
19 y 30 fracción V de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno diciembre de 2022, quedó fuera de tiempo para elaborar y presentar el Presupuesto de
del Estado de Oaxaca. Egresos, sin embargo, no adjunto ninguna evidencia que soporte sus dichos , además no
comprobó que este documento haya sido presentado ante el entonces Órgano Superior
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: de Fiscalización del Estado de Oaxaca. De la misma manera, a pesar de que manifiesta
que este documento se encuentra publicado en la página web oficial del Ayuntamiento
Solicitud de Aclaración: http://municipiosantacatarinazapoquila.com.mx, se constató que dicha página web no
remite a ningún sitio web, por lo que se tiene por no solventada la observación
2023-OA/CPM/090/2024-SA-01 realizada.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Finalmente, respecto a las modificaciones al Presupuesto de Egresos, en el escrito de
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en fecha 07 de agosto 2024 presentado, manifiesta que dichas modificaciones
este resultado.” presupuestales se encuentran publicadas en la página web oficial del Ayuntamiento
http://municipiosantacatarinazapoquila.com.mx; no obstante, dicha página web no
(…) remite a ningún sitio; además no lo exime de su publicación en el Periódico Oficial o
Gaceta Municipal. Con relación a la presentación ante esta Auditoría Superior de
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Fiscalización del Estado, el Ente Fiscalizable declara que la Autoridad anterior no realizó
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: registros contables en el SiMCA Ultra durante dos años, lo que entorpeció y retardó la
obtención de los usuarios de las plataformas de esta Auditoria Superior, sin embargo, su
Respecto al Plan Municipal de Desarrollo, presentó copia certificada del oficio número argumento resulta ineficaz por que no adjunta ninguna evidencia que soporte sus
DG/PLANEACION/093-32/2024 de fecha 18 de abril de 2024, emitido por el Instituto de dichos, además tal y como se advierte el ente fiscalizable presento los estados
Planeación para el Bienestar, mediante el cual fue validado dicho Plan Municipal, por lo financieros y avances de gestión financiera correspondientes a los cuatro trimestres del
que se considera atendido este punto; sin embargo, con relación a la publicación del ejercicio fiscal 2023, en el sistema SIMCA ULTRA, constatando que a partir del segundo
mismo en el Periódico Oficial o Gaceta Municipal, presentó el Acta de Sesión trimestre del ejercicio fiscal 2023 ya contaba con usuarios y contraseñas de las
extraordinaria de Cabildo, en la cual aprueban como medio oficial para dar publicidad plataformas digitales, por lo que no existe justificación de la omisión a la presentación
a todos los acuerdos, reglamentos, presupuestos y leyes, la página web oficial del
Ayuntamiento, no obstante se constató que dicha página web oficial
http://municipiosantacatarinazapoquila.com.mx no remite a ningún sitio web, además
lo antes señalado por el ente fiscalizable no lo exime de cumplir con lo establecido en la
Ley y de publicar su Plan Municipal de Desarrollo en el Periódico Oficial o Gaceta
Municipal, por lo que se tiene por no solventada la observación realizada.
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