Page 8 - Santa Catarina Zapoquila
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Respecto a la Estructura Orgánica del Ayuntamiento, Manual de Organización y                         (…)
                            Manual de Procedimientos, NO presentó evidencia de que estos documentos hayan
                            sido presentados ante el Congreso del Estado, por lo que NO fue solventada la                           “RESULTADO: AC-03 SIN OBSERVACIÓN
                            observación realizada.
                                                                                                                                    De la revisión y análisis a la documentación presentada por el Municipio de Santa Catarina
                            Con relación al Código de Conducta del periodo 2023-2025, presentó dicho documento,                     Zapoquila, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, relativa al proceso de Entrega-Recepción Municipal,
                            así como el Acta de sesión extraordinaria de cabildo de fecha 15 de marzo de 2023,                      la entidad fiscalizable presentó acta circunstanciada de No Entrega-Recepción, de fecha 01 de
                            mediante la cual se aprobó el Código de Conducta 2023-2025, por lo que se consideran                    enero de 2023, y oficio PM/013/2023 de fecha 04 de marzo de 2023, dirigido al titular del entonces
                            solventados ambos puntos; sin embargo, la página web                                                    Órgano Superior de Fiscalización del Estado, mediante el cual remitió el citado documento,
                            http://municipiosantacatarinazapoquila.com.mx, donde el Ente Fiscalizable manifestó                     acreditando la presentación del ejemplar correspondiente a la Auditoría Superior de Fiscalización
                            que se encuentra publicado el Código en cuestión, dicha página web no remite a ningún                   del Estado de Oaxaca, por parte del Presidente Municipal entrante.
                            sitio, y además NO exhibió evidencia de haberlo remitido al Congreso del Estado, por tal
                            motivo, estas observaciones No fueron solventadas.                                                      Por lo anterior la Auditoría Superior de Fiscalización no realiza observación alguna, respecto a
                                                                                                                                    este resultado.”
                            Finalmente, respecto al Bando de Policía y Gobierno, el Ente Fiscalizable, presentó copias
                            simples del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Tomo CVI, Número 20, de fecha 18              (…)
                            de mayo de 2024, sin embargo, esta publicación no se efectuó dentro de los primeros 90
                            días siguientes a su toma de posesión; así mismo No presentó evidencia de haber             Debido a lo anterior, este resultado AC-03 permanece sin observaciones.
                            remitido dicho documento al Congreso del Estado, en consecuencia, se tienen por no
                            solventadas las observaciones realizadas.                                                   El siguiente resultado AC-04 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
                                                                                                                        Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
                            Determinando que el Ente Fiscalizable incumplió con lo establecido en 23 y 71 párrafo
                            primero fracción I inciso g) y fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a             (…)
                            la Información Pública; 7 párrafo primero fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II,
                            VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la                  “RESULTADO: AC-04 SIN OBSERVACIÓN
                            Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 12 párrafo primero de la
                            Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 43                         De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató
                            párrafo primero fracción I Bis, 68 párrafo primero fracción V y 139 de la Ley Orgánica                  que presentó los Contratos y Estados de cuentas bancarias del ejercicio fiscal 2023,
                            Municipal del Estado de Oaxaca.                                                                         correspondientes al Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y Ramo 33
                                                                                                                                    Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera               Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                       Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), constatando que
                            concluyendo como no solventado el resultado AC-02.                                                      aperturaron cuentas bancarias productivas específicas para cada Ramo o fondo de manera
                                                                                                                                    mancomunada; por consiguiente, se identificó que fueron registrados los ingresos recibidos por
                            El siguiente resultado AC-03 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de                   la Secretaría de Finanzas en cada una de la cuentas bancarias y no se realizaron traspasos entre
                            Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                      ellas, las cuales se detallan a continuación:

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