Page 6 - Santa Cruz Acatepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare conforme a la observación detallada en este
INFORME FINAL DE AUDITORÍA La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos resultado.
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII (…)
párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II
párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 34,
35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Respecto a la Cuenta Pública y el Presupuesto de Egresos correspondiente al ejercicio fiscal
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número
1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de 2023, presentó la Cuenta Pública y el Presupuesto de Egresos correspondiente del ejercicio
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y fiscal 2023 del H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán,
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría Oaxaca; por lo cual la documentación presentada resulta suficiente para solventar las
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el observaciones emitidas.
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con
los siguientes resultados: Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el Resultado: AF-01.
El siguiente Resultado: AF-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se El siguiente Resultado: AF-02 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
(…) CON OBSERVACIÓN (…) CON OBSERVACIÓN
RESULTADO: AF-01 RESULTADO: AF-02
El H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, no presentó la De la revisión a la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado
Cuenta Pública y el Presupuesto de Egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2023, debidamente de Oaxaca, se constató que ministró durante el ejercicio fiscal 2023 al H. Ayuntamiento del Municipio de
autorizados, con acuse de recepción correspondiente. Santa Cruz Acatepec, Distrito de Teotitlán, Oaxaca recursos en cantidad de $11,504,066.69 (Once millones
quinientos cuatro mil sesenta y seis pesos 69/100 M.N.), observando que el municipio no registró en el
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 55 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; Sistema de Contabilidad del ejercicio fiscal 2023, la cantidad de $2,142,146.98 (Dos millones ciento
58 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 113 cuarenta y dos mil ciento cuarenta y seis pesos 98/100 M.N.), del periodo de enero y febrero; de los cuales
fracción II párrafos antepenúltimo y último de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de no presentó la documentación comprobatoria y justificativa de los ingresos y egresos, por lo que no
Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; demostró que dichos recursos fueron administrados y ejercidos con austeridad, planeación, eficiencia,
y 43 fracción XXII párrafo primero y 68 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; lo
anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 Constitución Política de los Estados Unidos
acción: Mexicanos; 2, 16, 17, 19, 21, 33, 34, 36, 37, 38, 42, 43, 55, 67 y 70 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 26 primer párrafo y fracción I, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 75 fracción
Solicitud de aclaración: III, 76 fracción II y 86 quinto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; 12, 26 y 28 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 8 penúltimo párrafo de la Ley de
2023-OA/CPM/091/2024-SA-01. Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca; 164 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca;
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