Page 6 - Santa Cruz Itundujia
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA ACTIVIDADES DE CONTROL AMBIENTE DE CONTROL
La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 15.0, de un total de 20.0 posibles, correspondiente al Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
componente Actividades de Control, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: personal el componente de Ambiente de Control, a través de: contar con medios para evaluar el apego y
especializado para garantizar el desarrollo continuo, seguridad y mantenimiento de los sistemas cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas administrativas del
informáticos y de comunicaciones del ayuntamiento; comunicar al responsable de cada área, las ayuntamiento; elaborar, aprobar y expedir disposiciones relativas a las enajenaciones,
políticas y procedimientos para que pueda implementar las actividades de control respecto de las arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles y crear un
responsabilidades. Comité de Adquisiciones y Contratación de Servicios; contar con una área encargada de evaluar el
desempeño del control interno, para responsabilizar al personal por sus obligaciones en el
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 16, 17, 18 y 19 de la Ley General de Contabilidad desempeño de sus funciones.
Gubernamental.; 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 29
párrafo segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
el componente de Administración de Riesgos, a través de: identificar, analizar y responder a los riesgos
La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 16.0 de un total de 20.0 posibles, correspondiente al de probabilidad de ocurrencia de actos corruptos, fraude, abuso, desperdicio y otras irregularidades
componente Información y Comunicación, debido a que no acreditó contar con una plataforma de que atenten contra la apropiada salvaguarda de los bienes y recursos públicos; y, planear acciones
transparencia oficial para el cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la ante los cambios internos o externos, que afecten el buen funcionamiento del control interno.
normatividad aplicable.
ACTIVIDADES DE CONTROL
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 70 párrafo primero, 71 párrafo primero fracción II
incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 7 párrafo Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
primero fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II, IV, XIII y XV, 19 párrafos primero y segundo, 30 el componente de Actividades de Control, a través de: contar con personal especializado para
párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y garantizar el desarrollo continuo, seguridad y mantenimiento de los sistemas informáticos y de
Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate comunicaciones del ayuntamiento; y, comunicar al responsable de cada área, las políticas y
a la Corrupción; 43 párrafo primero fracción LXXX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de procedimientos para que pueda implementar las actividades de control respecto de las
Oaxaca. responsabilidades.
SUPERVISIÓN INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 12.0, de un total de 20.0 posibles, correspondiente al Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
componente Supervisión, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: procedimientos o el componente de Información y Comunicación, a través de contar con una plataforma de
estrategias para corregir las deficiencias de control interno; asimismo; y, reportar a las partes internas transparencia oficial para el cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la
y externas del Ayuntamiento, los problemas de control interno detectados. normatividad aplicable.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de SUPERVISIÓN
Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracciones XI, y LXXX, y 68 párrafo primero fracciones
II, VIII, XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
el componente de Supervisión, a través de procedimientos o estrategias para corregir las deficiencias
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: de control interno, y, reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento, los problemas de
control interno detectados.”
Recomendación:
(…)
2023-OA/CPM/093/2024-REC-01
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda a la Entidad Fiscalizable, La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
realizar mejoras sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, con relación antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
a lo siguiente:
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