Page 14 - Santa Cruz Tacahua
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Solicitud de Aclaración:                                                                            Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y 12 párrafo
                                                                                                                                            primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
                                        2023-OA/CPM/095/2024-SA-12
                                                                                                                                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina
                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     como no solventado el resultado AC-12.
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
                                        resultado.”                                                                                         RDEICSUTAMMENENDE RESULTADOS

                                     (…)                                                                                                    En este Informe Final de Auditoría se determinan los siguientes resultados que se detallan a
                                                                                                                                            cEostnatiAnuudaictoiórnía: Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que el Municipio de
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                     Santa Cruz Tacahua, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, no cumplió con lo establecido en las
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                            rderisesNspuuool.lttDsaaieddcooiosnAeCs -le0g5a,NAleúCms-ey0ron7,doAermCAc-ac0itó9ivn,aAsCa-1l0asY  que está obligado, por las razones expuestas en los
                            Manifestó a través del oficio de fecha 24 de julio de 2024, que respecto a la observación de                                                                                                                        ACAc-c1i2óncooRnetceonmideondsaecnióneste IOnbfoserrmvaedoFinalSdoelvAenutdaditooría.
                            la Deuda Pública contraída en el ejercicio 2023, el Ente Fiscalizable no está en condiciones
                            de presentar la información solicitada, ya que fue objeto de delitos cometidos en contra de                     AC-01  2023-OA/CPM/095/2024-SA-01                                                                   SOLICITUD DE ACLARACIÓN   SÍ  SÍ
                            su erario público, e incluso, de la sustracción del monto de financiamiento obtenido ante el
                            Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS), y para sustentar lo                            lNaosAoaCm-c0ci2tioonmees2nq0c2ui3oe-nOcaAor/CrqrPeuMse/p0, lo9a5n/Ad2u0a2dn4it-coSoArí-na0f2SourmpeeSrOiaoLrIlCadITeLUeDFyiDscEdAaeCliFLzAaisRccAiaóClIniÓzNadceilóEnstSaudSpoÍedreioOr yaxRaecnadSeiÍcjeiórncedráe
                            expresado, presentó copias certificadas de tres contratos de prestación de servicios
                            profesionales para la asesoría administrativa y financiera, celebrados durante el ejercicio                     CuAeCn-t0a3s del 2E0s2t3a-dOoA/dCePMO/0a9x5a/2c0a24y-SdAe-m03ás dSisOpLIoCsITicUDioDnEeAsCaLApRlAicCaIÓbNles.                 SÍ  SÍ
                            fiscal 2023, con el C. Mateo García Gaspar, así como del oficio de fecha la ratificación del
                            escrito de denuncia y/o querella de fecha 09 de abril del año 2024, ante la Vicefiscalía                        AC-04  2023-OA/CPM/095/2024-SA-0A4  T  E                                                            SOLICITUD DE  ACLARACIÓN  SÍ  SÍ
                            Regional de Valles Centrales, por parte del ciudadano Apolonio Miguel Hernández Chávez                          AC-05                                                                                                                         SÍ  NO
                            en su carácter de Presidente Municipal de Santa Cruz Tacahua, Tlaxiaco, Oaxaca, contra el                                                                                                                           NTAMEN        TE
                            C. Mateo García Gaspar, entre otros, por los delitos de fraude, falsificación de documentos,
                            firmas de servidores públicos, y demás que lleguen a configurar, cometido en perjuicio                                 2023-OA/CPM/“0E9L5/R20E2S4P-ESTA-O05AL DESROELICCIHTUODADJE EANCLOAREASCLIÓANPAZ”
                            patrimonial del municipio de Santa Cruz Tacahua, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca.
                                                                                                                                            AC-06  2023-OA/CPM/095/2024-SA-06                                                                   SOLICITUD DE ACLARACIÓN   SÍ  SÍ
                            Por lo anterior existe una confesión expresa de la entidad fiscalizable en cuanto a la omisión
                            de presentar el Expediente Único de Deuda Pública municipal y en virtud de haber                                AC-07  2023-OA/CPM/095/2024-SA-07                                                                   SOLICITUD DE ACLARACIÓN   SÍ  NO
                            contratado este concepto durante el ejercicio 2023, por lo que una vez vencido el plazo
                            otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad Fiscalizable NO aportó                               AC-08  2023-OA/CPM/095/2024-SA-08                                                                   SOLICITUD DE ACLARACIÓN   SÍ  SÍ
                            información o documentación respecto al resultado anteriormente transcrito, NO
                            ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización                         AC-09  2023-OA/CPM/095/2024-SA-09                                                                   SOLICITUD DE ACLARACIÓN   SÍ  SI
                            Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que no solvento las
                            observaciones realizadas.                                                                                       AC-10  2023-OA/CPM/095/20L2.4C-.SPA.-S10ARAHSOÍ NLICOITRUIDEGDEAARCILCARÁARCDIÓENZ                                            SÍ  NO

                            Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 22, 23                      AC-11TITULA2R02D3-EOLAA/CAPUMD/0I9T5O/2R0Í2A4-SSUA-P1E1 RIORSODLEICFITIUSDCDAELAIZCLAACRAIÓCNIÓNDEL ESTASDÍ O DE OAXASCÍ A
                            párrafo primero, 24 fracciones I, II, III, IV, V, 25 párrafo primero y 26 párrafo primero de la
                                                                                                                                            AC-12  2023-OA/CPM/095/2024-SA-12                                                                   SOLICITUD DE ACLARACIÓN   SÍ  NO

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