Page 7 - Santa María Temaxcalapa
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5 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 de la Ley                               transcrito, NO ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de                      INFORME FINAL DE AUDITORÍA
de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo                                     Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
primero, fracción IV, 10 párrafo primero, fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y                        por consentidas las observaciones realizadas.
segundo y 30 párrafo primero, fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 12 párrafo primero y 34 de la                               Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero y 34 de la Ley de
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 29 párrafo                                 Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 169, 170 párrafos
segundo, 43 fracciones I y I Bis; 68 párrafo primero fracción V, 71 párrafo primero fracción                          primero y segundo, 174, 175, 176 y 177 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
VIII, 138 y 139 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se
da a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el                                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.                                                   no solventado el resultado AC-03.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como                         El siguiente resultado AC-04 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
no solventado el resultado AC-02.                                                                                     Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:

El siguiente resultado AC-03 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                          (…)
transcribe a continuación:
                                                                                                                      “RESULTADO: AC-04 SIN OBSERVACIÓN
         (…)
                                                                                                                      De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que
            “RESULTADO: AC-03 CON OBSERVACIÓN                                                                         presentó los Contratos de cuentas bancarias, Estados de Cuenta y Conciliaciones Bancarias del
                                                                                                                      ejercicio fiscal 2023, correspondientes al Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios,
            De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se identificó que    y Ramo 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
            realizó el Acta Circunstanciada relativa al proceso de Entrega-Recepción Municipal de fecha 01 de         Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
            enero de 2023, sin embargo, no se presentaron los anexos que conforman el Acta; así mismo, no             Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN); constatando que
            proporcionó evidencia de que el acta se haya realizado en tres juegos, y haberse presentado el tanto      aperturaron cuentas bancarias productivas específicas para cada fondo o programa de manera
            correspondiente ante este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como lo establece        mancomunada; así mismo, se identificó que fueron registrados los ingresos recibidos por la Secretaría
            la normatividad aplicable.                                                                                de Finanzas en cada una de la cuentas bancarias y no se realizaron traspasos entre las cuentas
                                                                                                                      bancarias aperturadas; mismas que se detallan a continuación:
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior
            y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 169, 170 párrafos primero y segundo, 174, 175, 176 y 177 de       INSTITUCIÓN BANCARIA         RAMO Y FONDO                             NÚMERO DE           FIRMAS
            la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                                                                                                        CUENTA     MANCOMUNADAS
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                      Banco Mercantil del Norte,             PARTICIPACIONES (RAMO 28),
                                                                                                                            S.A., Institución de Banca  PARTICIPACIONES A ENTIDADES FEDERATIVAS  1214974543     PAULINO CANO
            Solicitud de Aclaración:                                                                                       Múltiple, Grupo Financiero                                                          VELASCO.; ELIAS
                                                                                                                                                                              Y MUNICIPIOS        1214971104  MORALES BALTAZA
            2023-OA/CPM/114/2024-SA-03                                                                                                  Banorte
            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                                                  APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III),   1214972521
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este                                                FONDO DE APORTACIONES PARA LA
            resultado.”
                                                                                                                                                         INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE
         (…)                                                                                                                                              LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL

Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad                                                                                DISTRITO FEDERAL (FAISMUN)
Fiscalizable NO aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                                                                                                                                                            APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV)
                                                                                                                                                              FONDO DE APORTACIONES PARA EL

                                                                                                                                                        FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE
                                                                                                                                                          LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL
                                                                                                                                                                 DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN)

                                                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
                                                                                                                      alguna, respecto a este resultado.

                                                                                                                      (…)

                                                                                                                                                                                                                                 5
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