Page 6 - Santa María Tlahuitoltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA 16. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y se constató que las obras FONDO Y NUMERO DE CUENTA IMPORTE
cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan 11121-02 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III) 7,017,878.84
adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria y 11121-02-25-30001235 BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE
justificativa. BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE 1215330306 1.25
11121-03 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV) 778,947.44
17. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la 11121-03-25-30000005 BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA $ 7,796,827.53
normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra. MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER 0192404877
11121-03-25-30001234 BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A., INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE 1212490236
TOTAL
INFORME FINAL DE AUDITORÍA
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos Incumpliendo con lo establecido en el artículo 17 primer y segundo párrafo de la Ley de Disciplina
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y acción:
Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII
y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 34, 35, Pliego de Observaciones.
36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 2023-OA/CPM/115/2024-PO-01
1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $7,796,827.53 (Siete
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la millones setecientos noventa y seis mil ochocientos veintisiete pesos 53/100 M.N.), conforme a las
Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año observaciones detallada en este resultado.”
2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el informe final de
auditoría con los siguientes resultados: (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
El siguiente resultado AF-01 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; relativas a los Estados de
transcribe a continuación: cuenta bancarios correspondientes al Ramo 33 Fondo III y Fondo IV de los meses de enero a
agosto de 2024; oficio sin número de fecha 10 de septiembre de 2024, mediante el cual
(…) CON OBSERVACIÓN hacen la aclaración de los saldos de las cuentas bancarias; sin embargo, no presentó
documentación comprobatoria de los gastos realizados, ni evidencia de los reintegros
“RESULTADO: AF-01 correspondientes a la Tesorería de la Federación en cantidad de $7,796,827.53 (Siete
millones setecientos noventa y seis mil ochocientos veintisiete pesos 53/100 M.N.).
De la revisión a la Balanza de Comprobación Detallada del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023
integrada en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2023, respecto a la subcuenta 11121 Incumpliendo con lo establecido en el artículo 17 primer y segundo párrafo de la Ley de
BANCOS/TESORERIA, se observó un saldo al 31 de diciembre de 2023 en cantidad de $7,796,827.53 Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
(Siete millones setecientos noventa y seis mil ochocientos veintisiete pesos 53/100 M.N.), del cual
no se identifica la comprobación del gasto realizado o el reintegro a la Tesorería de la Federación
durante el primer trimestre del ejercicio 2024, como se detalla en el siguiente cuadro:
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