Page 29 - Santa María Yucuhiti
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes NO. NOMBRE DE LA OBRA CONTRATO MODALIDAD DE MONTO MONTO MÁXIMO INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: CONTRATACIÓN CONTRATADO DEL ART. 89
FRACCIÓN VII
Presentó acta de sesión de cabildo en la que manifiesta el análisis para la asignación de SIN IVA PEEO 2023
modalidades de contratación de las obras, estableciendo que donde existan condiciones o
circunstancias extraordinarias de tiempo, económicas o sociales, se determine la ejecución CONSTRUCCIÓN DE CAMINO DE COP/MSMY/FAISM INVITACIÓN
inmediata de la obra pública; sin embargo, esto no justifica que los montos contratados
excedieron el porcentaje del 30% establecido en la normatividad aplicable. 1 SAN FELIPE DE JESÚS PUEBLO VIEJO UN/F-III/ RESTRINGIDA A 4,733,284.98 1,890,000.00
A LA CUMBRE EN SANTA MARÍA 446/01/ CUANDO MENOS
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca. YUCUHITI DEL KM 0+000 AL 0+830 2023 TRES CONTRATISTAS
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023 del H. Ayuntamiento del
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, Municipio de Santa María Yucuhiti, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca.
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-33.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas y
El siguiente Resultado: AF-34 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado
se transcribe a continuación: de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
(…) Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
“RESULTADO: AF-34 CON OBSERVACIÓN
Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2023 estuvieron Solicitud de aclaración:
dentro del rango de aplicación establecido, se constató que el Presupuesto Anual Modificado del 2023-OA/CPM/118/2024-SA-07
ejercicio inmediato anterior para Inversión Pública del Municipio, ejercicio 2022, fue de $13,481,238.49 Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
(Trece millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos treinta y ocho pesos 49/100 M.N.), documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
trasladando este monto a la tabla del artículo 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de resultado.”
Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023, verificando que se ubica dentro del rango y montos máximos de
la siguiente manera: (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó acta de excepción a la licitación pública y evidencia fotográfica en la que
manifiestan la necesidad de establecer la obra con carácter de priorización; sin embargo,
esto no justifica que un contrato de obra pública se encuentre por encima del monto máximo
para adjudicar la obra por excepción a la licitación pública.
Presupuesto anual para realizar obras públicas y Monto máximo total de Monto máximo total de Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 segundo párrafo de la Ley de Obras
servicios relacionados con las mismas cada obra que podrá cada obra que podrá Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VII del Presupuesto
adjudicarse directamente adjudicarse mediante de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Mayor de Hasta
invitación
10,000,000.01 25,000,000.00 378,000.00 1,890,000.00 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. concluyendo como no solventado el Resultado: AF-34.
Con base en lo anterior, se observó que la entidad fiscalizable celebró un contrato de obra pública que
se encuentran por encima del monto máximo para adjudicar la obra por excepción a la licitación
pública, como se muestra a continuación:
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