Page 26 - Santo Domingo Ingenio
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                     El siguiente Resultado: AF-34 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                   se transcribe a continuación:
                            como solventado el resultado: AF-32.

                            El siguiente Resultado: AF-33 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                 (…)                CON OBSERVACIÓN
                            transcribe a continuación:
                                                                                                                                          “RESULTADO: AF-34

                                (…)                         CON OBSERVACIÓN                                                               De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                                                                                                                          del Municipio de Santo Domingo Ingenio, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las obras incluidas en la
                                “RESULTADO: AF-33                                                                                         muestra, respecto a la documentación comprobatoria se constató que no presentaron el cuerpo de
                                                                                                                                          estimación, los croquis de ubicación, comprobante fiscal digital, las pruebas de laboratorio y/o control
                                                                                                                                          de calidad, observaciones presentes en seis obras como se relaciona en el ANEXO DAM-VIF-05.

                                De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de Santo   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad
                                Domingo Ingenio, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso  Gubernamental; 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación; 186 fracción II y 198 primer párrafo de la
                                de ejecución de las obras, se constató que no presentaron el oficio de asignación del residente de obra   Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Oaxaca; 11 fracción V y VII y 56
                                del Municipio y el escrito de la disposición del inmueble, observaciones presentes en una obra, como      fracciones I y III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 282 del
                                se detalla en el ANEXO DAM-VIF-04.                                                                        Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                Relacionados del Estado de Oaxaca.                                                                        acción:

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente     Solicitud de aclaración:
                                acción:

                                Solicitud de aclaración:                                                                                  2023-OA/CPM/132/2024-SA-11

                                2023-OA/CPM/132/2024-SA-10                                                                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                          documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la        resultado.”
                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
                                resultado.”                                                                                               (…)

                                (…)                                                                                                       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente a la
                                                                                                                                          documentación comprobatoria para atender el resultado antes transcrito, misma que fue
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de                     analizada como se detalló en el ANEXO DAM-VIF-05-SOL.
                            ejecución para atender el resultado antes transcrito, misma que fue analizada como se
                            detalló en el ANEXO DAM-VIF-04-SOL.                                                                           Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                                          suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                     como solventado el resultado: AF-34.
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado: AF-33.                                                                          El siguiente Resultado: AF-35 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
                                                                                                                                          Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:

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