Page 4 - Santo Domingo de Morelos
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  C. José Miguel Márquez Sánchez: Director de Auditoría Municipal “A”.                               de los Programas, la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,
                            C. Lucero Nancy Miranda Gutiérrez: Jefa de Departamento.                                           arrendamientos, subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a
                            C. Prisma Aremí Vega Gutiérrez: Auditor.                                                           fondos, fideicomisos y demás instrumentos financieros, así como cualquier
                            C. Endira Isabel Méndez Juárez: Auditor.                                                           esquema o instrumento de pago a largo plazo;
                            C. Ernesto Santiago Cruz: Auditor.
                                                                                                                               c) El cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                                   gasto público y del sistema de registro y contabilidad gubernamental, respecto de
                                                                                                                                     la contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización             conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e
                            a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del           inmuebles; así como de recursos materiales, almacenes y demás activos; y,
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al Ente Fiscalizable en             d) La legalidad en la captación, recaudación, administración, custodia, manejo,
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:                                                                 ejercicio y aplicación de recursos públicos, incluyendo subsidios, transferencias y
                                                                                                                                     donativos; y que los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos,
                            Auditoría Financiera*: Son evaluaciones independientes, reflejadas en una opinión con                    prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que las Entidades
                            garantías razonables, de que la situación financiera presentada por un ente, así como los                Fiscalizables, celebren o realicen, relacionados con el ejercicio del gasto público no
                            resultados y la utilización de los recursos, se presentan fielmente de acuerdo con el marco              han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal
                            de información financiera.                                                                               y/o Municipal o, en su caso, del patrimonio de las Entidades Fiscalizables.

                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de      ALCANCE
                            Fiscalización.
                                                                                                                               UNIVERSO:     $87,707,172.83 (Ochenta y siete millones setecientos siete mil
                            OBJETIVO                                                                                                         ciento setenta y dos pesos 83/100 M.N.).
                                                                                                                               Muestra:      $43,236,931.89 (Cuarenta y tres millones doscientos treinta y
                            La fiscalización de la cuenta pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo           Alcance (%):  seis mil novecientos treinta y un pesos 89/100 M.N.).
                            de Morelos, Distrito de Pochutla, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido                        49.30%
                            del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo 19
                            fracción I incisos a), b), c) y d) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del  PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            Estado de Oaxaca, que a la letra dicen:
                                                                                                                               1. Se verificó que los saldos reflejados en las cuentas bancarias al término del ejercicio
                                  a) La ejecución de la Ley de Ingresos, para verificar la forma y términos en que los                  fiscal se encontraran devengados y cuenten con su documentación correspondiente.
                                        ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que los
                                        recursos provenientes de financiamientos, empréstitos y otras obligaciones se          2. Se verificó que la Entidad Fiscalizable recibió y administró la totalidad de los recursos
                                        contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado;                             asignados de la Participaciones y Aportaciones en una cuenta bancaria específica y
                                                                                                                                        productiva en la que se manejaron exclusivamente los recursos del fondo y sus
                                  b) El ejercicio del Presupuesto de Egresos para revisar que los egresos se ejercieron en              rendimientos financieros de cada ejercicio fiscal; asimismo, se comprobó que no
                                        los conceptos y partidas autorizadas; incluidos, entre otros aspectos, la ejecución             transfirió recursos a otras cuentas bancarias.

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