Page 8 - Santo Domingo de Morelos
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA CLASIFICACIÓN POR OBJETO PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO PRESUPUESTO DE VARIACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad
DEL GASTO EGRESOS MODIFICADO (B) EGRESOS (D = B-A) Gubernamental; y 128 último párrafo y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Oaxaca.
CAPÍTULO 7000 APROBADO (A) 0 DEVENGADO (C) 0
INVERSIONES FINANCIERAS Y
OTRAS PROVISIONES 0 0
CAPÍTULO 8000 00 00 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
PARTICIPACIONES Y insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
APORTACIONES concluyendo como no solventado el resultado AF-03.
CAPÍTULO 9000 00 00 El siguiente resultado AF-04 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
DEUDA PUBLICA transcribe a continuación:
TOTALES $ 55,193,723.44 $ 103,673,228.09 $ 96,876,612.27 $48,479,504.65
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad (…) CON OBSERVACIÓN
Gubernamental; 8 párrafo primero y 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios y 127 párrafo primero, 128 último párrafo y 129 de la Ley Orgánica “RESULTADO: AF-04
Municipal del Estado de Oaxaca.
De la revisión a la sub-subcuenta 12441 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE; se constató que la entidad
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $3,674,400.00 (Tres millones seiscientos
acción: setenta y cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), observando la cantidad de $1,004,400.00 (Un
millón cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), debido a que los registros contables y
Solicitud de Aclaración. presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa
al procedimiento de contratación que garantice al municipio las mejores condiciones disponibles en
2023-OA/CPM/133/2024-SA-01 cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias que estime pertinentes;
la constancia de recepción; la evidencia del uso del bien y el resguardo correspondiente, como se
detalla en el ANEXO DAM-FC-02.
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, y 70 fracción I de la Ley General de
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
resultado.” primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
(…) de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento
de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Por la anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: acción:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; referente a las Actas de Pliego de Observaciones.
sesión extraordinarias de cabildo de los meses de enero a diciembre de 2023, relativas a las 2023-OA/CPM/133/2024-PO-02
modificaciones del Presupuesto de Egresos 2023; cédulas de modificaciones presupuestales
correspondientes a los meses de enero a diciembre de 2023; sin embargo, respecto a las Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
publicaciones en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal, no documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,004,400.00 (Un millón
presentó evidencia de haber realizado el procedimiento respectivo. cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
(…)
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