Page 4 - Santo Domingo Tepuxtepec
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C. José Miguel Márquez Sánchez: Director de Auditoría Municipal “A”.                            ALCANCE
                            C. Héctor Ramírez Maldonado: Jefe de departamento.
INFORME FINAL DE AUDITORÍA  C. Antonio Eliseo Guzmán Lara: Auditor.                                                         UNIVERSO:           $37,459,911.39 (Treinta y siete millones cuatrocientos
                                                                                                                                                cincuenta y nueve mil novecientos once pesos 39/100 M.N.)
                            CRITERIOS DE SELECCIÓN                                                                          Muestra a auditar:
                                                                                                                            Alcance (%):        $27,531,189.14 (Veintisiete millones quinientos treinta y un
                            En cumplimiento al mandato constitucional de realizar la función de revisión y fiscalización                        mil ciento ochenta y nueve pesos 14/100 M.N.)
                            a las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2023, esta Auditoría Superior de Fiscalización del                      73.50%
                            Estado de Oaxaca, consideró los tipos de auditoría previstos en la Norma Profesional del
                            Sistema Nacional de Fiscalización número 1 y determinó aplicar al ente fiscalizable en          PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS
                            mención, el siguiente tipo de auditoría:
                                                                                                                                  1. Se comprobó, mediante la requisición del Cuestionario de Control Interno (CCI) y de
                            Auditoría de Desempeño*: Son el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la                          su evidencia documental, que la Entidad Fiscalizable haya establecido procesos
                            administración pública y los programas gubernamentales; cubren no solamente                                 administrativos que impulsen la prevención de posibles eventos que obstaculicen
                            operaciones financieras específicas, sino además todo tipo de actividad gubernamental.                      el logro de sus objetivos institucionales, la salvaguarda de los recursos públicos, así
                                                                                                                                        como para prevenir la corrupción.
                            *Fuente: Definición con base en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de
                            Fiscalización.                                                                                        2. Se verificó que la elaboración del Presupuesto de Egresos se haya realizado
                                                                                                                                        conforme a la normatividad aplicable y que, los Programas Presupuestarios
                            OBJETIVO                                                                                                    autorizados en dicho Presupuesto de Egresos, se hayan planificado con enfoque a
                                                                                                                                        resultados.
                            La fiscalización de la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo
                            Tepuxtepec, Distrito Mixe, Oaxaca, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01             3. Se verificó que los Programas Presupuestarios se encuentren alineados y/o
                            de enero al 31 de diciembre de 2023, tiene como objeto dar cumplimiento al artículo 19                      relacionados con el Plan Municipal de Desarrollo y Plan Estatal de Desarrollo.
                            fracción II incisos a), b) y c) de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del
                            Estado de Oaxaca, que a la letra dicen:                                                               4. Se verificó la planeación de las obras y/o acciones ejecutadas de los Programas
                                                                                                                                        Presupuestarios, conforme a la normatividad aplicable.
                            a) Verificar la eficiencia y eficacia del cumplimiento de sus objetivos;
                                                                                                                                  5. Se comprobó que el diseño de los Programas Presupuestarios haya cumplido con la
                            b) Analizar el cumplimiento de las metas de los indicadores aprobados en el Presupuesto                     Metodología del Marco Lógico (MML).
                                   de Egresos y si dicho cumplimiento tiene relación con el Plan Estatal de Desarrollo y
                                   Programas sectoriales, o con el Plan Municipal de Desarrollo; y,                               6. Se verificó la eficiencia y eficacia del cumplimiento de los objetivos y metas de los
                                                                                                                                        indicadores de desempeño establecidos de los Programas Presupuestarios
                            c) Analizar el cumplimiento de los objetivos de los Programas y las metas de gasto que                      ejecutados, constatando su cumplimiento mediante los indicadores reportados en
                                   promuevan la igualdad entre mujeres y hombres.

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