Page 9 - Santo Domingo Tepuxtepec
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primero, 127, 128 párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Guía para parte de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca. Sin embargo, No INFORME FINAL DE AUDITORÍA
la Elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos Municipal del Ejercicio Fiscal 2023. presentó ninguna justificación ni aclaración del porqué el Acta excede la temporalidad de
aprobación que marca la normatividad aplicable. Así mismo, presentó la documentación
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: que se describe a continuación, copias certificadas de: Acta de integración del Consejo de
Desarrollo Social Municipal (CDSM) para el Ejercicio Fiscal 2023, de fecha 20 de Junio de 2023;
Solicitud de Aclaración: Acta de Asamblea Comunitaria para la elección y/o ratificación del Comité de Contraloría
Social, de fecha 26 de Enero de 2023; Acta de la primera Sesión Extraordinaria de cabildo
2023-OA/CPM/136/2024-SA-02 para realizar el nombramiento del Secretario Municipal y la designación del ciudadano que
ejercerá dicho encargo, del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Santo Domingo
Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Tepuxtepec, Distrito Mixe, Oaxaca del periodo del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en 2023 y la correspondiente toma de protesta de ley de fecha de 1 de enero de 2023; Acta de
este resultado.” la Segunda Sesión Extraordinaria de cabildo para realizar el nombramiento del Tesorero
Municipal y la designación del ciudadano que ejercerá dicho cargo público, del Honorable
(…) Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Santo Domingo Tepuxtepec, Mixe, Oaxaca,
para el periodo del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023, la toma de protesta de ley;
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado y la fianza; Acta de la Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, para la Asignación de Regidurías
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: y Designación de Comisiones del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de
Santo Domingo Tepuxtepec, Distrito Mixe, Oaxaca, para el periodo del 1 de enero de 2023 al
Respecto a la observación que no presentó evidencia que acredite que el Tesorero Municipal 31 de diciembre de 2023, de fecha 1 de enero de 2023; nombramientos de los integrantes del
haya realizado la propuesta del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos; que no presentó cabildo; Acta de Sesión Solemne de instalación de cabildo, del Honorable Ayuntamiento
evidencia que acredite que el Presupuesto de Egresos aprobado fue ratificado, o en su caso, Constitucional del Municipio de Santo Domingo Tepuxtepec, Distrito Mixe, Oaxaca, para el
modificado, ni tampoco presentó evidencia que acredite que el documento fue publicado y periodo del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023, de fecha 1 de enero de 2023;
difundido; que no presentó evidencia que acredite haber elaborado, aprobado, publicado constancia de validez; acreditaciones; credenciales de elector y comprobantes de domicilio
el Presupuesto de Egresos Modificado del Ejercicio Fiscal 2023 y tampoco haberlo remitido de los integrantes del cabildo. Dicha documentación no corresponde a ninguna observación
copia al Congreso del Estado para su conocimiento; además, se observó que no presentó del presente resultado, en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el
evidencia que acredite haber realizado modificaciones al Presupuesto de Egresos, ni que artículo 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
éstas hayan sido publicadas y que hayan seguido el proceso que la normatividad aplicable
determina; y también se observó que, en el Presupuesto de Egresos Aprobado, no se le Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo de la
asignó monto a cada Programa Presupuestario, motivo por lo cual no acreditó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 62 párrafo primero y 63 de la
distribución del Presupuesto de Egresos conforme a la clasificación Programática; la Entidad Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina
Fiscalizable NO presentó evidencia que justifique o aclare lo relativo a esta observación, en Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 71 párrafo primero fracción I
consecuencia no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de inciso b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información; 113 párrafo
Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por aceptada antepenúltimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 43
la observación realizada. párrafo primero fracción XXIII, 47 párrafo primero fracción XVI, 68 párrafo primero
fracción IX, 95 párrafo primero fracción VI párrafo primero, 123 párrafo primero, 127, 128
Respecto a la observación del Presupuesto de Egresos que no acreditó que la temporalidad párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Guía para la
de su aprobación estuviera dentro de lo establecido en la normatividad aplicable, así mismo Elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos Municipal del Ejercicio Fiscal 2023.
no acreditó que el documento fuese publicado y difundido; presentó copias certificadas de
ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO de fecha 30 de enero de 2023, en la cual se 7
realiza la exposición, análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal
2023; Presupuesto de Egresos con su acuse de recepción en estatus de “ACEPTADO” por