Page 37 - 002 Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública
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En la partida de “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, ejercidas con recursos
provenientes de las fuentes de financiamiento AACAA0316 5 Al Millar (Estatal), AACAA0321 5 Al Millar
(Estatal) y AACAA0322 5 Al Millar (Estatal), se constató que se contrató personal bajo la modalidad de
Honorarios, para la prestación de servicios de apoyo a diversas áreas, observándose que no presenta el soporte
documental del informe final que acredite la prestación de los servicios, como se detalla en el Anexo DAE-AF-
05-SEG-05.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42 párrafo
primero, 43 y 67 párrafo primero; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, artículos 186 párrafo primero y 199 párrafo primero; Contrato de Prestación de Servicios
Relacionados con la Obra Pública SCTG/OS/DA/E-001/2022 de fecha 01 de enero del año 2022, cláusula
PRIMERA último párrafo; Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública
SCTG/OS/DA/E-105/2022 de fecha 01 de abril del año 2022, cláusula PRIMERA último párrafo; del Contrato
de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública SCTG/OS/DA/E-285/2022 de fecha 01 de
julio del año 2022, cláusula PRIMERA último párrafo; Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con
la Obra Pública SCTG/OS/DA/E-008/2022 de fecha 01 de enero del año 2022, cláusula PRIMERA último
párrafo; Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública SCTG/OS/DA/E-393/2022
de fecha 01 de octubre del año 2022, cláusula PRIMERA último párrafo; Contrato de Prestación de Servicios
Relacionados con la Obra Pública SCTG/OS/DA/E-480/2022 de fecha 01 de noviembre del año 2022,
cláusula PRIMERA último párrafo; que a la letra dicen:

           Ley General de Contabilidad Gubernamental.

           Artículo 42 párrafo primero.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con
           la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.

           Artículo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
           documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
           lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.

           Artículo 67 párrafo primero.- “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos
           justificativos y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto
           comprometido y devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo”.

           Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

           Artículo 186 párrafo primero. “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
           comprobatoria y justificativa”.

           Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de
           administración de la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y
           justificativos que autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la
           hacienda pública”.

           Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública SCTG/OS/DA/E-001/2022 de fecha 01 de
           enero del año 2022.

           Cláusula PRIMERA último párrafo. - “El 31 de marzo de 2022, deberá entregar un “Informe Final” de actividades, a “EL
           AREA REQUIRENTE”, mismo que contendrá el resultado y conclusiones del servicio contratado, a fin de proceder a la
           entrega – recepción y finiquito de los servicios ejecutados. Este “Informe Final”, contará con el soporte documental que

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