Page 49 - 002 Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública
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Una vez analizada la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se determinó que son suficientes
para atender este resultado, por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina
atendida la observación.

RESULTADO: AF-12 CON OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, relativa a las partidas
“Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, ejercidas con recursos provenientes de las
fuentes de financiamiento AEBCA0121 y AEBCA0122 de 5 Al Millar para Inspección y Vigilancia, por un
importe total de $850,080.00 (Ochocientos cincuenta mil ochenta pesos 00/100 M.N.); se constató que
se efectuaron pagos por la cantidad de $778,858.40 (Setecientos setenta y ocho mil ochocientos
cincuenta y ocho pesos 40/100 M.N.) a personal bajo la modalidad de Honorarios, para prestación de servicios
de apoyo a diversas áreas, como se detalla en el Anexo DAE-AF-07; observándose lo siguiente:

• No presentó documentación justificativa relativa a los oficios de autorización de recursos por parte de la
      Secretaría de Finanzas, que acrediten la disponibilidad financiera para las partidas.

• No presentó las Cuentas por liquidar Certificadas (CLC´s) números 156 y 277, de fechas 25 de febrero
      de 2022 y 30 de marzo de 2022, respectivamente; debidamente autorizadas (firmadas y selladas).

• No presentó documentación justificativa establecida en los Contratos de Prestación de Servicios
      Relacionados con la Obra Pública del personal contratado; asimismo el personal contratado no cumple
      con la profesión y/o puestos establecidos en el Anexo 2B del Presupuesto de Egresos de la SCTG
      (Recurso Federal del Cinco al Millar Ejercicio 2022); y,

• No realizó el entero del impuesto sobre la renta retenido por la cantidad de $67,557.52 (Sesenta y
      siete mil quinientos cincuenta y siete pesos 52/100 M.N.), como se detalla en el Anexo DAE-AF-
      07.

  CUENTA PRESUPUESTAL/           PARTIDA                                 IMPORTE PAGADO  IMPORTE PAGADO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO                                                  PRESUPUESTAL             NETO
                                                                                                      $471,692.38
119003-17103000008-       Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría  $516,120.00
  331321AEBCA0121         y Relacionados                                                              $307,166.02
                                                                                                   $778,858.40
119003-17103000008-       Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría  $333,960.00
  331321AEBCA0122         y Relacionados

                          TOTAL                                          $850,080.00

FUENTE: Documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 74 párrafo primero y segundo, y 186 párrafo primero y 199 párrafo primero del
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; ANEXO 2B Relación de
personal que se contratará por honorarios con recursos del Cinco al Millar del Presupuesto de Egresos de la
SCTG Recurso Federal del Cinco al Millar, Ejercicio 2022; Declaración 2.4 del Contrato de Prestación de
Servicios Relacionados con la Obra Pública SCTG/OS/DA/030/2022 de fecha 01 de enero del año 2022;
Declaración 2.4 del Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública
SCTG/OS/DA/051/2022 de fecha 01 de enero del año 2022; cláusula PRIMERA último párrafo y OCTAVA
párrafo tercero del Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública
SCTG/OS/DA/001/2022 de fecha 01 de enero del año 2022; cláusula PRIMERA último párrafo y OCTAVA
párrafo tercero del Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública
SCTG/OS/DA/019/2022 de fecha 01 de enero del año 2022; cláusula PRIMERA último párrafo y OCTAVA

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