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ARTÍCULO 17.- “Independientemente de lo previsto en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Prestación de Servicios y Administración de bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, los términos de referencia
para el procedimiento de designación incluirán, entre otros, los elementos siguientes:
I. PROPUESTA TÉCNICA
1. Programa de Trabajo de Auditoría, que contendrá por lo menos los siguientes datos:
a. Período de revisión;
b. Alcance de la Revisión;
c. Objetivos establecidos procedimientos para la realización de la auditoria;
d. Fecha de inicio de la revisión;
e. Fecha de término de la revisión; y
f. Dirección y/o Unidad revisar del Ente Público.
2. Personal que interviene en la auditoría;
3. Cronograma actividades de la auditoría;
4. Carta de planeación de la auditoría;
5. Documentación compruebe su capacidad técnica Instalada, administrativa financiera. El Despacho presentará en hoja
membretada de la razón social debidamente sellada firmada por representante legal, los documentos que comprueben su
capacidad técnica y de respuesta para solventar el contrato que llegare a firmar derivado del presente procedimiento,
debiendo de contar con lo siguiente:
a. Relación de Contratos vigentes; y
b. Relación de Contratos más representativos que hubiere celebrado en los últimos dos años.
6. Escrito del Representante legal en el que manifieste bajo protesta verdad, que el Despacho se encuentra al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, acompañando copia certificada de su ultimo pago provisional y que no se
encuentra en ninguno los supuestos previstos artículo 17-H 69 B del Código Fiscal de la Federación;
7. Escrito del Representante Legal en el que manifieste bajo protesta decir verdad, que en el caso de resultar ganador
subcontratará ni cederá total o parcialmente el servicio adjudicado;
8. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 17 de la Ley de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración Bienes Muebles e Inmuebles
Estado de Oaxaca;
9. Manifiesto por escrito de conocimiento y aceptación términos referencia y de la minuta de Junta de Aclaraciones;
10. Descripción detallada de los informes a proporcionar como resultado de la auditoría que se practicará, los cuales
deberán ser como mínimo los siguientes:
a. Dictamen de Estados Financieros;
b. Estados Financieros dictaminados con sus notas adjuntas;
c. Informe Detallado de Auditoría;
d. Cédula de observaciones, y
e. Carta de recomendaciones y sugerencias.
11. Tiempo de entrega del dictamen e Informes correspondientes.
II. PROPUESTA ECONÓMICA
1. Oferta económica en papel membretado del despacho conteniendo la descripción del servicio ofertado y precio;
2. Período de validez oferta”.
ARTÍCULO 18.- “Los despachos que tengan dudas respecto de los términos de referencia, deberán manifestarlas por
escrito a la Contraloría a través de la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en Obra, en el plazo señalado en los
propios términos de referencia.
Al día siguiente en que se cumpla el término previsto en el párrafo anterior, la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión
en Obra, comunicará a los Despachos que participen en el procedimiento de designación, la fecha en que se aclararán
las dudas que hayan sido presentadas en términos de este numeral”.
ARTÍCULO 19.- “Los Despachos presentarán su propuesta de servicios en la fecha que se indique en el oficio de Invitación.
La Contraloría a través de la Subsecretaría de Auditoría y Supervisión en Obra elaborará el acta en la que se haga constar
la apertura de propuestas presentadas, y contendrá lo siguiente:
I. Fecha y lugar de la presentación y apertura de la propuesta técnica y económica;
II. Número del procedimiento de designación que corresponda; y
III. Propuesta de servicios susceptibles de análisis y el costo propuesto por cada Despacho, así como las propuestas
que no fueron aceptadas, señalando las causas que motivaron su rechazo.
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