Page 36 - Santa María Chachoapam
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,
                                                  Artículo 56 fracción II y 74; y la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de
                                                  Oaxaca, Artículo 198, que a la letra dice:

                                                        Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                        Artículo 56 fracción II: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado,
                                                        se realizará mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la
                                                        fecha de corte que al efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes
                                                        disposiciones:
                                                        II.- Para el caso de que derivado de la revisión hecha por la residencia de supervisión resultaren diferencias numéricas o
                                                        técnicas, las partes tendrán tres días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión y conciliación
                                                        de dichas diferencias a efecto de proceder a la autorización de la estimación correspondiente, en caso contrario que no se
                                                        llegue a la conciliación de algún trabajo, quedará pendiente y se seguirá conciliando a efecto de llegar al acuerdo y cobrarlo en
                                                        la siguiente estimación”
                                                        Artículo 74: “Las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos ejecutores, tendrán la obligación de supervisar y vigilar todo el
                                                        proceso constructivo de la obra pública a su cargo.”

                                                        Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca.

                                                        Artículo 198: “El Municipio correspondiente y la Secretaría, en el ámbito de sus competencias, supervisarán y vigilarán, en todo
                                                        momento, que las obras y actividades realizadas estén de acuerdo con el proyecto autorizado y demás lineamientos señalados
                                                        por la presente Ley, sus reglamentos respectivos y los programas de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano vigentes.”

                                                                                        RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES

                                                  Se determinaron 15 resultados, de los cuales se formularon 13 observaciones, mismas que no fueron
                                                  atendidas por la Entidad Fiscalizable, antes de la integración del presente informe, generando 9 solicitudes
                                                  de aclaración y 4 Pliegos de observaciones.

                                                      Núm.         Núm. De                     Número de acción                   Acción emitida
                                                                   resultado
                                                        1           ASE-01    2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-01               Solicitud de Aclaración
                                                        2          ASE-02     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-02               Solicitud de Aclaración
                                                        3          ASE-04     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-03               Solicitud de Aclaración
                                                        4          ASE-05     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-04               Solicitud de Aclaración
                                                        5          ASE-06     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-05               Solicitud de Aclaración
                                                        6          ASE-07     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-06               Solicitud de Aclaración
                                                        7          ASE-08     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-07               Solicitud de Aclaración
                                                        8                     2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-08               Solicitud de Aclaración
                                                        9           ASE-11    2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-09               Solicitud de Aclaración
                                                                    ASE-14

                                                  Núm.  Núm. De               Número de acción  Importe                             Acción emitida
                                                     1  resultado                                                            Pliego de Observaciones
                                                    2   ASE-03     2020- OA/SFCPM/SEM/008/2022-PO-01 $ 2,592.69              Pliego de Observaciones
                                                         ASE-12    2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-PO-02 $ 317,146.84

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