Page 31 - Santa María Chachoapam
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

           Artículo 56 fracción I: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado,
           se realizará mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la
           fecha de corte que al efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes
           disposiciones:
           I.- El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad o
           Ayuntamiento contratante, las estimaciones acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los
           cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, y la residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su
           recepción deberá revisar y en su caso autorizar la estimación de que se trate.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de Santa María Chachoapam, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar ante
esta Auditoría Superior de Fiscalización, el importe de $555,022.28 (Quinientos cincuenta y cinco mil veintidós
pesos 28/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y la información y
documentación que demuestren las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/465/2023, notificado el 05 de octubre de 2023, se dieron a
conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa
Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.

El Municipio de Santa María Chachoapam, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 03 de noviembre de 2023, como consta en el acta
circunstanciada de recepción de fecha 03 de noviembre de 2023, respecto a este resultado en particular 07
hojas útiles con los folios 01 al 07 en copias certificadas, consistentes en:

Evidencia fotográfica correspondiente a la obra “CONSTRUCCION DE BORDO PARA CAPTACION DE AGUA
PLUVIAL EN EL PARAJE BALSA AZUL”.

Documentación que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió documentación con la información referente a
este resultado, sin embargo, se determinó que este resulta insuficiente para solventar la observación emitida,
toda vez que:

La documentación presentada no acredita la totalidad de la evidencia fotográfica requerida, como se desglosa
en el anexo DAM-VIF-06-SEG-06.

Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:

Pliego de Observaciones.
2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-PO-03

Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Chachoapam, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
presente ante esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que compruebe,
justifique, aclare o reintegre el importe de $ 353,138.49 (Trescientos cincuenta y tres mil ciento treinta y ocho
pesos 49/100 M.N.), lo relativo a la evidencia fotográfica de la realización de los conceptos de las estimaciones,
observaciones presentes en una obra como se describe a continuación:

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