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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

Hospedaje y Diseño de Páginas; Servicios de Contabilidad; Auditoria, Asesoría Contable y Fiscal; Servicios de
Asesoría Científica y Técnica; Actos Orden Social y Cultural; Ayudas Sociales a Personas; Ayudas Sociales a
Instituciones de Enseñanza y Ayudas Sociales a Actividades Académicas; así como la verificación e inspección
física de las obras denominadas:

      1. “Construcción del Sistema de Agua Potable Barrio El Calvario (2020)”.
      2. “Construcción de Barda Perimetral en el Jardín de Niños Frida Kahlo, Clave 20DJN2394J. (2020)”.
      3. “Construcción de Empedrado de la calle Las Peñas (2020)”.
      4. “Construcción de Muro de Contención (2020)”.
      5. “Desazolve de los Bordos Guemula y Palenque (2020)”.
      6. “Desazolve del Rio Atoyac, Margen Derecho (2020)”.
      7. Rehabilitación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (2020)”.

                                                                       ALCANCE

Universo: $9,815,752.42 (Nueve millones ochocientos quince mil setecientos cincuenta y dos pesos 42/100
M.N.)

Muestra: $9,815,752.42 (Nueve millones ochocientos quince mil setecientos cincuenta y dos pesos 42/100
M.N.)

Porcentaje del alcance: 100%

                                           PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS

1. Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos destinados para el
           desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren debidamente aprobados y autorizados
           por las instancias normativas correspondientes.

2. Se verificó que el Ente Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó con los estudios,
            proyectos, especificaciones de construcción y programas de ejecución, y que se ajustó a las normas
            correspondientes, requisitos preliminares para la realización de las obras públicas.

3. Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado por el Ente
            Fiscalizable para la contratación de obra pública.

4. Se verificó que la asignación de obra por contrato se encontrara debidamente sustentada y
            formalizada, y que para la asignación por Administración Directa, el Ayuntamiento contó con la
            capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los
            trabajos.

5. Se verificó que el Ente Fiscalizable, previo a la ejecución de la obra, acreditó haber implementado
            los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.

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