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INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  justificativa o aclaratoria, por tal motivo no es posible comprobar el cumplimiento con las
                                                  disposiciones normativas aplicables para el correcto ejercicio del gasto, conforme a los principios de
                                                  eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.

                                                  CONSIDERACIONES FINALES
                                                  Los resultados contenidos en el presente Informe Específico, en términos de Artículo 65 BIS
                                                  párrafo primero y párrafo cuarto fracción I en su párrafo segundo, 113 fracción II antepenúltimo
                                                  párrafo y, 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2, 3, 4, 6
                                                  segundo párrafo, 9, 16, 17, 19, 24, 25, 27, 28, 29, 30,42, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 57, 82, fracciones I,
                                                  XI, XII, XVII y XXXII, y 83 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado
                                                  de Oaxaca, se notificarán al Ayuntamiento del Municipio de Mixistlán de la Reforma, Distrito
                                                  Mixe, Oaxaca, para que en un plazo de 30 días hábiles, a partir de que surta efecto su notificación,
                                                  presente la información y realice las consideraciones que estime pertinentes.
                                                  Por lo anterior, las acciones que se presentan en este Informe Específico de auditoría por
                                                  Situación Excepcional se encuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que, en razón de
                                                  la información y consideraciones que en su caso proporcione el Ayuntamiento del Municipio de
                                                  Mixistlán de la Reforma, Distrito Mixe, Oaxaca, se podrán ratificar, rectificar o solventar.

                                                  SÍNTESIS DE LAS JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES PRESENTADAS POR LA ENTIDAD
                                                  FISCALIZABLE.
                                                  Conforme a lo establecido en el artículo 22 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior
                                                  y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, mediante oficio número ASFE/AEFM/
                                                  DAMB/0370/2023, notificado el día 06 de octubre de 2023 , se le dieron a conocer al
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Mixistlán de la Reforma, Distrito Mixe, Oaxaca, los Resultados
                                                  Finales y Observaciones Preliminares derivados de la Auditoría por Situación Excepcional número
                                                  OA/SFCPM/SEM/012/2021, a efecto de que, en un plazo de diez días hábiles, presente la
                                                  documentación justificativa y aclaratoria correspondiente.
                                                  El Ayuntamiento del Municipio de Mixistlán de la Reforma, Distrito Mixe, Oaxaca, no presentó
                                                  justificaciones o aclaraciones que atendieran las observaciones determinadas; por lo cual los
                                                  resultados ASE-01, ASE-02, ASE-03, ASE-04, ASE-05, ASE-06, ASE-07, ASE-08 y ASE-09 se
                                                  consideran como no atendidos.

                                                  NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
                                                  Del otrora Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (OSFE)

                                                  C. Rene Fuentes Cruz: Sub Auditor a cargo de la Fiscalización de la Cuenta Pública Estatal, en
                                                  Suplencia del Titular, por Ministerio de Ley.
                                                  C. José de Jesús Silva Pineda: Sub Auditor a Cargo de la Fiscalización de las Cuentas Públicas
                                                  Municipales.
                                                  C. Leticia Laura Jacinto Méndez: Directora de Auditoría Municipal B.
                                                  C. Beatriz Adriana Luis Ramírez: Jefa de Departamento
                                                  C. José Daniel Canseco Gutiérrez: Jefe de Departamento
                                                  C. Alam Etienne González Carmona: Auditor
                                                  C. Rosa María Vásquez Martínez: Auditor.

                                                  Mediante el Decreto 746, aprobado por la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado
                                                  Libre y Soberano de Oaxaca, publicado en el Extra del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
                                                  Oaxaca, el quince de diciembre de dos mil veintidós, que reformó y adicionó diversas disposiciones
                                                  de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se creó la Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca.

                                                  De la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (ASFE)

                                                  C. Sarahi Noriega Ricárdez: Titular de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
                                                  C. Edgar Rogelio Estrada Ruiz: Auditor Especial de Fiscalización Municipal

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