Page 42 - Santa María Huazolotitlán
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INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  El Municipio de Santa María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
                                                  justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 3 de noviembre de 2023, suscrito por la C. Vilma Senorina
                                                  Reyes Martínez, Presidenta Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de
                                                  Oaxaca, como consta en el acta circunstanciada de fecha tres de noviembre de 2023; presentó la siguiente
                                                  información:

                                                  Respecto a la sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
                                                  TRANSPORTE, de los pagos en cantidad de $103,142.00 (Ciento tres mil ciento cuarenta y dos pesos 00/100
                                                  M.N.), presentó: la documentación justificativa del gasto referente a oficios de solicitud en donde se especifique
                                                  la necesidad de la adquisición, oficios de autorización correspondiente, parque vehicular verificado y bitácora de
                                                  reparación y mantenimiento de maquinaria y vehículos; además, canceló la documentación del egreso con la
                                                  leyenda “operado,” identificando el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fueron
                                                  financiadas; como se detalla en el ANEXO DAM-SE-09-SEG-09.

                                                  Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que atendió la observación.

                                                  RESULTADO: ASE-16 CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA
                                                  CONSTRUCCION, se constató que afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $212,682.00 (Doscientos
                                                  doce mil seiscientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.), realizando pagos en efectivo, con transferencias
                                                  bancarias y mediante cheques nominativos, afectando a las cuentas números 0118117292 y 0118123519 de la
                                                  Institución Bancaria BBVA Bancomer, S.A., con recursos del Ramo 28 Participaciones a Entidades Federativas
                                                  y Municipios y del Ramo 33, Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
                                                  Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF.); observando que los registros contables y
                                                  presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud
                                                  en donde se especifique la necesidad de arrendar la maquinaria, la autorización correspondiente, el proceso de
                                                  contratación en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
                                                  financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como la evidencia del uso y destino del
                                                  recurso; además, no canceló la documentación del egreso con la leyenda “operado,” identificando el nombre del
                                                  fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas; como se detalla en el ANEXO DAM-
                                                  SE-10.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                              Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                              Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
                                                              documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
                                                              Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
                                                              documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos
                                                              que para tal efecto establezca el consejo.”,
                                                              Artículo 67 párrafos primero y segundo: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos
                                                              justificativos y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto
                                                              comprometido y devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán
                                                              programas para que los pagos se hagan directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios,
                                                              salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”,

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