Page 38 - Santa María Huazolotitlán
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
FUENTE DE INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O
FINANCIAMIENTO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FECHA BANCARIA Y NÚM. TRANSFERENCIA IMPORTE
DE CUENTA BANCARIA
002190 05/08/2022 24,963.20 000843 05/08/2022 37,234.62 APORTACIONES 05/08/2022 BBVA BANCOMER, TRANSFERENCIA 37,234.62
(RAMO 33 FONDO S.A., NÚMERO DE BANCARIA CON NÚMERO
IV) CUENTA DE REFERENCIA
0118123519 0027996706
003734 04/11/2022 59,500.00 001452 04/11/2022 59,500.00 APORTACIONES 04/11/2022 BBVA BANCOMER, TRANSFERENCIA 59,500.00
(RAMO 33 FONDO S.A., NÚMERO DE BANCARIA CON NÚMERO
IV) CUENTA DE REFERENCIA
0118123519 0042447021
TOTAL $84,463.20 $96,734.62 $96,734.62
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
15 PAR GUANTES TACTICOS MILITAR DEDOS COMPLETOS; 15 PIEZAS IMPERMEABLE CAPA
08/08/2022 C201B501-FCCF-48D9- EXPENDEDORA DE MANGA AZUL; 15 PIEZAS TONFA MACANA POLICARBONATO PVC POLICIACA PR-24; 5
B4E1-7E3D9E3F006F ARTICULOS BASIL SA DE 37,234.62 PIEZAS ESPOSAS SMITH & WESSON; 5 PIEZAS PIERNERA BK UNIVERSAL LEG HOLSTER ULH,
CV MARCA CONDOR; 5 PIEZAS CHALECO TÁCTICO SISTEMA MOLLE MALLA LBE AJUSTABLE;
5 PIEZAS LÁMPARA TÁCTICA 25000 LM LED XHP50 USB RECARGABLE
44DC37E8-1463-40C9- COMERCIALIZADORA 59,500.00 PRENDAS DE PROTECCIÓN
10/11/2022
AB90-637915394412 MAYORISTA DEL VALLE
$96,734.62
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 primer párrafo: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”,
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos
que para tal efecto establezca el consejo.”,
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y
devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo y
Artículo 70 fracciones I y II: I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha
documentación se presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten. II. Cancelar la documentación
comprobatoria del egreso con la leyenda "Operado" o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el
nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”, y
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se
suscriban con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea
el caso, contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible,
expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública...”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de Santa María Huazolotitlán, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la
cantidad de $84,463.20 (Ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y tres pesos 20/100 M.N), conforme a
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